Buenos días a todos y felices fiestas. Os explico: Cliente que fue condenado, junto a otra persona a 6 meses de prisión 50.000 € de RC, ambos solidariamente. Tema acaba de llegar a ejecutoria y el Juzgado acuerda primeramente averiguación de domicilio de mi cliente ( entiendo que para requerirle del pago de la RC). El cliente ya facilitó su dirección actual el día del juicio al funcionario. Difícilmente a causa de Su situación económica va a poder abonar la RC. Mi dilema, dado que puede que no resulte sencillo suspender la ejecución de la pena de prisión por haber RC alta, es si comunicar su dirección al Juzgado, o bien es mejor no comunicarla con la esperanza de que al Juzgado no le aparezca y decreten el archivo provisional de la ejecutoria hasta que sea hallado ( lo malo de esto último es que cualquier día lo detendrá la policía para practicarle la notificación). ¿ Qué haríais en un caso así ?