Hace tiempo creamos entre tres socios una empresa en regimen "solidario" cuyos resultados no fueron los esperados. Ahora es un aluvión de intentos para saldar créditos concedidos por distintas entidades bancarias.
En un principio yo era copropietario de un tercio de la vivienda familiar. Recibí mal asesoramiento de un abogado que me aconsejó modificar la escritura de la vivienda en el sentido de traspasar mi parte proporcional a favor de mi hermano afín de evitar posibles embargos de dicho patrimonio.
Así lo hice, y ahora recibo un Oficio del Juzgado en el que embargan el piso, cuando yo ya no tengo titularidad alguna al respecto (alzamiento de bienes ...?)
Aparte de este tema, está el relativo al pago de los distintos créditos otrogados en su día, de los que to estoy dispuesto a abonar
MI PARTECORRESPONDIENTE (3ª parte), pero como ya expuse, la Empresa es de régimen solidario, y el Banco no admite dicha alternativa y me podría obligar al resarcimiento total de la deuda contraída en su día.
Al ser los otros dos socios insolventes, no sé qué determinación tomar, por lo que agradecería cualquier orientación, ya que no sería de recibo el que yo amortizara mi parte y la de los demás...