En la comunicación por parte del demandado en un jucio abreviado, de si comparece o no con abogado y procurador (pues el demandante sí comparece con estos profesionales), ¿es necesario designar ya que abogado y procurador van a ser los que comparezcan o se puede comunicar la intención de comparecer con los mismos pero aún sin determinar?
Entiendo que es un procedimiento civil (verbal o ordinario).
Teniendo en cuenta que sólo dispone de 3 días para la comunicación desde que recibe la demanda, si aún no tiene Abogado/Procurador, comunique al Juzgado la intención por si acaso.
Sin embargo, tratándose de un verbal, ya me ha pasado que la parte demandada comparezca con Abogado sin avisar y, estando ya la parte demandante defendida por Abogado desde la presentación de la demanda, el Juez no pone problema alguno en que el demandado entre al juicio con su Abogado.
Gracias Marinadebem. Sí es un jucio verbal civil. O sea que puedo comunicar mi intención de comparecer con abogado, pero sin concretar aún de que abogado voy a designar.