1.- Respecto a los 20 días para el ámparo, ¿ los sábados y domingos no cuentan ?
2.- Y si se ha solicitado -sin ningún fundamento- una aclaración a la Audiencia cuya Stc se recurre, esperamos a que resuelva la aclaración y ganamos mucho tiempo; o mejor no arriesgarse; ¿pero hay alguna solución definitiva ?
efectivamnete como dices los sabados, dmingos y festivos no cuentan , dado que eestamos ante dias habiles.
por otro lado, si has planteado un recurso de aclaración deberas esperar , en todo caso a que se resuelva el pertiente recuirso de aclaracion, o hasta que la audiencia te conteste?
lhas de tener en cuenta que si no fuera asi , se vulneraria el derecho a la tutela judicial efectiva.
El tribunal no puede jugar, con el hecho de si el recurso de aclaracion esta o no motivado, o andar con suetsiones de forma para considerar si los dias cuentan desde la notificacion de la sentencia o desde elmomento de resolcuion de la aclaracion, pues lo contrario seria ir contra el principi de seguridad juridica