Mi Pregunta es como se computa las vacaciones con los 30 dias naturales ¿ si desde el dia de finalizacion de las vacaciones o desde que empieza a trabajar?
Lo que suele hacer la gente es que empieze las vacaciones un lunes y finalice un viernes
en caso de dias laborables son 5 dias pero en caso de dias naturales son 5 o 7 dias ???????? se cuenta los dias de descanso????? o sea hasta que se empiece a trabajar
Pues la verdad es que contarlas en dias naturales da pie a malentendidos que te evitarías si se conseiderase (su devengo y disfrute) en días hábiles (yo tengo claro que es mucho más práctico hacerlo así).
Por regla general, si hablamos de dias n aturales, el cómputo empieza siempre el día hábil (el 1er. día laborable que dejamos de acudir al trabajo por estar de vacaciones) y se cuenta hasta el dia anterior a la reincorporación al trabajo, aunque sea festivo (es decir, si hago una semana, se cuenta de lunes a domingo, es decir, 7 días).
Efectivamente yo pienso que es mas facil en dias habiles, pero el caso de esta empresa es especial
Me explico: hay mucho trabajadores con jornadas a tiempo parcial, que trabajan 2, 3, 4, 5 dias
En el caso de dos dias si se contabiliza 22 dias habiles y 14 festivos a devolver nos ponemos en 36 dias o se en 18 fines de semana, o se estamos hablando de 4 meses y medio casi de vacaciones
Hombre, si contási bien no tiene que ser así.
Por ej. un trabajador que solo trabaje los miercoles: si quiere tomarse un miércoles de vacaciones, le contará desde el miércoles que deja de trabajar hasta el martes siguiente, anterior al miércoles en que se reincorpora, es decir, consumirá 7 días naturales.
¿no?
Lo habitual es que las vacaciones se computen en dias naturales. Es decir un trabajador comienza el disfrute el día 1 y termina el 30, debiendose incorporar el 1 del mes siguiente o 31 si el mes tiene 31 dias. Se computan como dias de vacaciones sabados, domingos y cualquier festivo que caiga en ese periodo.
Lo excepcional es computar el periodo de vacaciones en días hábiles, ya que solo computa como vacación el día de trabajo, no se cuenta ni sabado, ni domingo ni festivos que pueda haber en el periodo, con lo que es posible, que un periodo de 30 dias hábiles, acaba suponeiendo 40 dias naturales (normalmente se ponene 20 o 22 dias habiles)
En lo de disfrutar las vacaciones dia a dia, tampoco es demasiado habitual, lo normal es que en el calendario se fijen los turnos , tandas o cierre de la industria y cuando se toma un dia de permiso y no se quiere que se descuente, se suele coger a cuenta de vacaciones, con lo que ese señor en lugar de 30 dias, le restarán 29 dias y tal situación, tiene que ser aceptada por la empresa y no siempre acepta este cambio.
Efectivamente, Ninfa, si cogemos como norma que se haga todo el mes seguido, está claro que es mucho más fácil contar en dias naturales las vacaciones.
Y supongo que en muchas empresas no se complican y lo hacen así: cierran en agosto, se hacen turnos de vacaciones de un mes, etc.
Está claro que para la empresa es más fácil.
Pero para el trabajador, si le dejas elegir, normalmente preferirá tener más flexibilidad, de forma que pueda cogerse ahora dos semanas, luego otra semana, algún dia suelto, puentes, etc.
Si la dinámica de la actividad de la empresa (y el humor y ánimo de colaboración de los que deben cuadrar las vacaciones) lo permite, está claro que para el trabajador normal,ente preferirá este modelo. Y está claro que en la práctica, esos 22 dias o más hábiles de vacaciones, equivaldrán a más de 30 naturales. Por eso me extraña cuando aprecio cierta aversión o reservas por parte de algunos trabajadores para pasar a un sistema de cómputo de vacaciones en dias hábiles en lugar de naturales.
Vuelvo a decir que al hablar de ventajas, estoy pensando más en el trabajador que en la empresa (más flexibilidad, y probablemente equivalen a mas dias naturales que los 30 tradicionales).
El problema surge cuando quieres combinar cómputo en dias naturales y flexibilidad. El criterio lo podemos tener claro, pero siempre hay quien va bastante perdido o tiene una idea equivocada. Además, puede originar más disfunciones (esa flexibilidad) que si consideramos los hábiles.
Pero, claro, si desde la perspectiva de empresa queremos evitarnos complicaciones y malentendidos, está claro, se hacen 30 días seguidos y ya está (muerto el perro, muerta la rabia).
Solo una pequeña cosa, si en los dias naturales se cohgen por semanas, se coge la semana entera, es decir lunes; martes; miercoles; jueves; viernes; sabado y domingo y el lunes a trabajar.
Lo habitual, es fijar periodos mayores bien mes completo, bien quincenas o bien tres semanas y dejar una para navidades, aúnque ahora está de moda el tomar 15 dias en verano, y la otra quincena repartirla entre semana santa y navidad. Pero siempre se fija por fechas: desde el 20 al 5; o lo que sea, no se van cogiendo dia a dia, salvo que la empresa sea tremendamente generosa y lo permita.
pues ahí está Ninfa, que si quieres más flexibilidad, te irá mejor hablar de dias hábiles (y además, seguramente cundirán más).
me puede ir bien hacer un dia o dos sueltos. ¿qué pasa si me quiero ir a la final de la Copa del Rey que el Barça juega en Zaragoza? ¿o se me quiero ir a celebrar una romeria en mi pueblo?
con uno o 2 dias tengo bastante, no me interesa coger una semana entera.
o quiero preparar biennun examen uno o dos dias antes.
Y eso, en dias hábiles, insito, es más fácil.
En naturales, a la que nos salimos de meses, quincenas o semanas ya la hemos cagado!
Ya no te digo nada si encia solo quiero coger unas horas (por ej. para asistir a la reunión del cole de mi hijo, para lo cual no tengo permiso retribuido)
Lo ideal, desde este punto de vista es hablar de días hábiles que además puedas convertir en horas.
Si a mi me parece bien tanto las vacaciones en dias hábiles como en dias naturales. Lo único que digo, es que lo mas habitual es que sean dias naturales y si algún trabajador cuando se computa en dias naturales el periodo vacazcional coge un dia otres dias a cuenta de vacaciones, llegao el periodo o los periodos vacacionales, en lugar de 30 dias, tendrá 29 o 27
Tambien debo comentarte, que cuando se habla de dias habiles, los convenios que he visto, reducen las vacaciones a veinte o veintidos dias, nunca eh visto ninguno de treinta dias habiles. No se si en la Administración o en algunos organismos de la administrcion se da este caso de 30 dias habiles,que se acaba convirtiendo en 35 o 40 naturales.
No, claro que no pretendia decir que si son naturales también serán 30, eso podría equivaler, en la práctica a cerca de un mes y medio!! (bueno, si algún privilegiado lo tiene, pues mejor para él).
Pero 20 tampoco, caramba! (que entonces estás sólo garantizando 28 dias naturales, tal vez alguno más, segun como se cojan y si hay algún festivo entre medio, pero, como sabes, el propio ET obliga a que, como mínimo sean 30)
Mira, en eso no dispongo de estadísticas propiamente dichas, pero puedo decirte que en la totalidad de convenios que conozco en los que se habla de días hábiles (que, de hecho, son mas que los que hablan de dias naturales) son a partir de 22 (el más austero y cutre), hasta incluso 26 (insisto que hablo de días hábiles). Menos de 22...?. No conozco ninguno y me extraña que existan (y 20 ya te digo que imposible y, de haberlo, entiendo que sería ilegal).
En resumen, si hablamos de vacaciones en dias habiles, COMO MÍNIMO SERAN 22 DIAS AL AÑO y, que como ya he dicho, en el peor de los casos, equivaldrán a 30 dias naturales (que exige el ET) y en la práctica, probablemente más.
Te lo digo de otra manera: suponiendo que sea ese mínimo de 22 dias habiles y que tu jornada (al menos de promedio en cómputo anual) es de 8 horas diarias: 22 x 8 = 176 horas de vacaciones al año. Si, encima, la empresa tiene una política un poco flexible con el disfrute, está claro que te pemite muchas más posibilidades y, como ya he dicho insistietemente, seguro que cundirá mas que 30 dias naturales (y si encima, en lugar de 22, tienes 23 -muy habitual-, 24 o más...!).
Y de todas formas, si eres de esos que prefiere hacer todo el mes de una tirada, pues tampoco deberías tener ningun problema. Encima, probablemente te sobrarán 2 o 3 dias para algún puente o asunto personal durante el resto del año (porque para disfurtar todo el mes completo, posiblemente te habrán bastado con 20 o 21).
¿Qué son más habituales en días naturales?. No lo sé. Tal vez. La percepción, parcial, que yo tengo, no me dice tal cosa, pero es posible (te puedo decir que en el sector servicios, que es el que más conozco, suelen definirse en días hábiles). En todo caso, y teniendo en cuenta la flexibildad que te pueda pemitir la empresa, tengo claro que en general, para el trabajador siempre será más beneficioso hablar de días habiles, con que sean 22 o mas, que dias naturales, aunque sean 30.
Creo que estamos creando una polemica donde no la hay ya que en lo sustancial estmos de acuerdo´.
Ahaora bien, si yo fuese el director de una empresa, a mi, particularmente me gustan mas las vacaciones en dias naturales, pero eso no quita para que acepte los dias laborales, aún entendiendo que para la empresa son mas perjudiciales. Me explico. Tomemos como referencia el mes vacacional por excelencia: Agosto. tiene 31 dias, de los cuales cinco son domingo y cuatro sabados a los que habrá que añadir la fiesta de la Ascesion o Asuncion o la Virgen que sea y por estos lares, San Roque o santo patron del lugar que suele caer en julio -agosto. Nos encontramos con veinte dias hábiles justitos, si lo llevas a 26 dias habiles, esa empresa no empezaría a trabajar hasta el 8 de septiembre miercoles. Me parece una pasada.
Si partimos esos dias habiles en dos o tres tandas: Verano, Semana Santa y Navidad. Ni te lo cuento.
En lo que respecta a los convenios, de modo general, sigo insistiendo en que la mayoría se guian por días naturales, lo que no quita que en determizadas zonas del Estado que por su alto nivel retributivo y de condiciones laborales, se negocie como mejora el cambio de dias naturales a X dias laborales. Pero en el conjunto del Estado, a mi me parece que se impone por gran diferencia los que computan dias naturales frente a dias laborales.
No, mujer, no es cuestión de crear polémica donde no la hay y donde,además, en lo sustancial (sistema de cómputo...) seguro que estamos de acuerdo. Es un simple combio de impresiones.
De hecho, renuncio a polemizar sobre si hay más convenios que hablan de dias naturales o hábiles (bueno, lo que sí puedo decirte es que sé de empresas en las que, a pesar de que el convenio sectorial habla de dias naturales, en el convenio o política de empresa se refieren a dias habiles, porque determinan un número que en la práctica supones una mejora). Y renuncio porque ya he dicho que no poseo estadisticas sino el conocimiento de mi entorno más o menos inmediato, geográfico y sectorial.
De todas formas, cuando hablas de que como "director de empresa" prefierirías dias naturales, estamos tambien de acuerdo. Si en una cosa he insistido es que habar de vacaciones en dias hábiles (minimo 22) frente a naturales (30) suele ser mas beneficioso para los trabajadores.
De todas formas, sobre lo que dices que ello puede permitir hacer hasta cerca de 5 semanas seguidas, pues sí, claro. Pero ahi entrará la politica o pñlanificacion de vacaciones que se hagan en la empresa. Cuando se difine que por ej. son 23 dias habiles, todo el mundo es consicente de que, según como puede equivales a 5 semanas, Incluso alguna empresa prefiera que se las tomen así. Pero lo que se suele hacer es establecer unos criterios: por ej, no hacer más de 3 o 4 semanan seguidas, hacer 20 dias en verano (con o sin flexibilidad) y los otrs 2 o 3 el resto del año, etc.
También es cierto que te estoy hablando de sectores o empresas (servicios) en las que no es habitual eso de cerrar un mes, y por tanto ya va bien que, tal vez concentradas en verano y especialmente agosto, pero que sea normal que se distribuyan durante el año, de forma que siempre haya gente.
Un saludo.
Por regla general, si hablamos de dias n aturales, el cómputo empieza siempre el día hábil (el 1er. día laborable que dejamos de acudir al trabajo por estar de vacaciones) y se cuenta hasta el dia anterior a la reincorporación al trabajo, aunque sea festivo (es decir, si hago una semana, se cuenta de lunes a domingo, es decir, 7 días).
Pero entonces, si la empresa (en mi caso es así) tenemos 31 días naturales de vacaciones o 23 habiles. Para consumir las vacaciones naturales, la norma habitual de la empresa es que se exija que su disfrute sea por semanas completas, quincenas o mes.
Me han solicitado una semana completa (concretamente del 14 al 20 de abril=7 días naturales); yo entiendo que consume 7 días de las vacaciones devengadas. No obstante, mi compañero, no está de acuerdo y me dice que el trabajador consumirá (pillando las vacaciones de este modo) 11 días de vacaciones. Esto es así?
No lo veo lógico. Se supone que el trabajador ha solicitado una semana tal cual, como si de otra se tratara y, aunque su regreso está previsto para el jueves santo, como es festivo de empresa, no vuelve hasta el lunes pero no creo que deba descontarle 4 días de sus vacaciones, dado que el resto de la empresa los disfruta de festivo.
Para aclarar este dilema, sabéis de sentencias o normativas que aclaren bien este tema? GRACIAS.
Teneis razon los dos...me explico:
Se puede realizar el computo como tu dices...7 dias naturales de los cuales 5 seran laborables (sobreentendiendo que no trabajais los sabados) o bien como dice tu compañero 11 dias de vacaciones de los cuales 5 seran laborables ...entonces cuando realicemos el calculo de la jornada anual o de los dias habiles de vacaciones pendientes de disfrute, al trabajador le seguiran quedando 18 dias habiles por disfrutar (sobreentendiendo que no hubiese disfrutado ninguno anteriormente) que acumulara en los periodos de descanso posteriores...el resultado es el mismo...si se los descuentas ahora en dias naturales se los tendras que dar mas adelante en habiles y viceversa,pues la jornada anual es la que manda y lo que no se pueden es disminuir los dias habiles de vacaciones pues se excederia la jornada maxima anual pactada en convenio colectivo.
Perdona pero no comprendo bien, me estás diciendo que los dos tenemos razón pero si del computo de 31 días naturales (pq la empresa parte de que o se opta por disfrutar las vacaciones como días laborables (23) o como días naturales (31). yo solicito del 14 al 20 de abril de 2011, no es lo mismo que la empresa me descuente 7 días que 11 pq del primer modo me restarían 24 dias naturales por disfrutar y del otro únicamente 20.
Yo creo que para no estar sumando ahora para descontar despues (que es lo que planteas) la solución mas practica es mi opción, contar 7 dias en lugar de 11 pero ante la disputa no tengo como convencer a mi compañero y jefe de que tengo razón. Si se te ocurre algo que me pueda ayudar a convencerle me harias un favor.
Vamos a ver:
Los dias habiles o laborables retantes son los mismos....18 ...estamos:
Tu compañero computa todo en "computo continuo" y aplica 11 dias naturales...pero obviamente le quedan al trabajador 18 dias laborables que disfrutar que si el trabajador disfrutase de manera ininterrumpida equivaldrian a 3 semanas seguidas (sin festivos entre semana se sobreentiende) mas tres dias de una cuarta semana (5 laborables x 3 semanas =15 dias + 3 dias de la cuarta semana = Los 18 dias laborables que le quedaban)...eso traducido a dias naturales equivaldria a 24 dias...pero tu compañero solo podra computar 20 dias de vacaciones,pues teneis establecido el disfrute de 23 dias laborables y el ya computo en el primer periodo vacacional 11 dias de vacaciones por tan solo 5 laborables disfrutados....el resultado es el mismo...lo que no puede tu compañero es computar en este nuevo periodo los 24 dias o decir al trabajador que sus vacaciones llegaron a termino en el dia 20 pues le estaria privando de esos dias habiles que ya le imputo en el primer periodo de disfrute.
Estando establecidos los dias laborables a disfrutar no hay mayor problema....la cuenta sale de una forma u otra...el problema se da cuando se establece solo el numero de dias naturales (habitualmente 30) y no se especifican los laborables...en esos casos en supuestos como el que planteas hay que ir al computo anual de la jornada (normalmente se hace en el ultimo mes del año) y reclamar la diferencia por dias laborables de vacaciones no disfrutados para no sobrepasar la jornada maxima anual pactada en convenio.
La forma de convencerle es la siguiente...son habas contadas,si lo imputas ahora lo tienes que descontar en los proximos periodos de vacaciones pues los dias laborables a descansar son los que son:23....no me parece tampoco incorrecta la forma en que el lo hace pero a tu favor juega el que a los trabajadores les "parece un atropello" esa forma de computar cuando hay un puente pues no les entra en la cabeza que por 5 dias laborables se les cuenten 11 de vacaciones con el añadido ademas de que si se hace honesta y correctamente el resultado es el mismo ...pero lo habitual es que no se haga de esa forma y que en el siguiente periodo vacacional disfrutado se use nuevamente el "computo continuo" sin tener en cuenta los dias laborables pendientes y con el logico perjuicio del trabajador...lo habitual...el trabajador se sube por las paredes y se acuerda de la santa madre (y demas familia) del administrativo,el RRHH,o el de la gestoria culpable del "atropello"...si quiere dejar tranquilos a sus deudos que adopte tu sistema (el resultado es el mismo).