Os planteo una duda que tengo, en principio nada rebuscado, pero de vital importancia.
En el Código Civil, artículo 5.2, se hace referencia a la no exclusión de los días inhábiles en el cómputo de plazos en ámbito civil. Bien, esto me plantea la duda de si eso incluye también domingos y demás festividades oficiales. Es decir, si el juzgado me notifica demanda de monitorio para oponerme o pagar en el plazo de 20 días, y recibo dicha notificación el día 29 de Ocutbre de 2008, ¿cuál sería el último día del plazo teniendo en cuenta que el cómputo civil de los plazos no excluye los días inhábiles, y teniendo en consideración, también, los días de gracia -si es que estos existen como tal-?
art. 132 y siguientes de la ley de enjuiciamiento civil.
Suponiendo que en el partido judicial de ese juzgado no haya ninguna fiesta, el plazo de 20 días termina el 26 de noviembre, pudiendo presentar la oposición hasta las 15.00 horas del día 27 (día de gracia)