Me han notificado la resolución de reclamación previa desestimándola yu me dan 30 dias habiles para ir al juzgado de lo social. Dentro de esos 30 días se incluyen los sábados o no se han de contar como los domingos y festivos.
Agosto es habil y cuentan los sabados, pero no los domingos ni festivos.
Con la reforma laboral se suprimieron los salarios de tramitacion (casi me da un jamacuco, aun lo estoy digiriendo) asi que me imagino que la litigiosidad laboral va a quedar decimada.
Gracias por tu respuesta. En realidad yo a quien voy a demandar es al SEPE por la suspensión indebida de un subsidio.
Entonces... ellos no me han contestado a mi reclamación previa en 45 días HÁBILES, y yo ahora tendré 30 dias HÁBILES, contando agosto, para contestarles.
En realidad mi intención es no apurar plazos, total, si soy yo la que demando y es por mi interés... pero el problema es que tenía buscado un abogado, y no sé si es que tiene mucho lio ahora a finales de julio, o es que está más pendiente de sus vacaciones... que llevo una semana intentando quedar con él y me da largas... y en agosto no voy a encontrar un abogado, como si lo viera...
Buenas, hoy he pregutnado por un asunto de la S.S. sobre plazo para ir a lo Social por tema de pensión deengada en sus complementos mínimos, y me dicen que los 30 días son natruales, es decir cuentan sábados y domingos también, ¿es así?
gracias..