Les ruego me ayuden con una serie de dudas que tengo respecto a la prestación de desempleo, y, en particular, a como se calculan el número de días cotizados. Hace poco terminé un contrato de trabajo a jornada completa con duración entre el 4/12/2012 y 31/1/2013. Al recoger el certificado de empresa observo que se indica como nº de días cotizados para diciembre 2012 28 días (es decir, consideran que el mes tiene 31 días) y para enero 2013 30 días (cuando enero tiene 31 días, al igual que diciembre). Ahí van mis preguntas:
1.- ¿Cual es exactamente el criterio utilizado para el cómputo de días cotizados? Se me ocurren dos soluciones: bien se deben contar los días naturales trabajados, incluyendo los días 31 de los meses que corresponda (o el 29 de Febrero en caso de año bisiesto, por ejemplo), y por tanto, hay un error en mi certificado de empresa o bien se calcula de modo diferente según se haya trabajado el mes entero o solo una parte de el.
2.- En caso de haber un error en el certificado ¿quien debe corregirlo, la empresa o la administración correspondiente?¿y en este último caso, que administración?
3.- Además de ese periodo de trabajo en España, he trabajado varios meses en Francia. ¿Se aplica el mismo criterio de cómputo para trabajos en el extranjero? En el formulario U-1 (antes E-301) que se debe pedir a la administración francesa para solicitar el paro en España se indican las fechas de inicio y final de la relación laboral, pero no el nº de días cotizados, con lo que me encuentro en el mismo problema.
Agradezco de antemano cualquier aclaración que se me pueda hacer respecto a estas cuestiones.
Se computan los días naturales trabajados, en su caso, 59 días. El error lo tiene que resolver quien lo comete, la empresa.
En el E-301 no figuran nunca días cotizados, sino periodos de seguro o asimilados o de empleo o asimilados, y se computan de la misma manera, por días naturales.
Saludos