Firme un contrato de mandato con agencia inmobiliaria en mi piso en el que le autorizaba a formalizar contrato de compromiso de venta. Esta ha firmado y establecido unilateralmente las condiciones de la venta sin consensuarlas conmigo y recibido arras a pesar de que le dije que no firmara nada con el comprador hasta que yo estudiara las condiciones a proponer al comprador para su aceptacion o no.He sabido de esta actuacion unilateral y a mis espaldasporque he recibido burofax de letrado en que me requiere ante mi mayuscula para escriturar . Necesita la agencia un poder notarial mio para que me pueda realmente vincular con el comprador y puede establecer las condiciones de la venta unilateralmente?Muchas gracias
Lo que firmaras o no con el banco es un asunto, y lo que hayas firmado con el comprador es otro. Si con este firmaste un contrato de arras, debes venderle la vivienda al precio que se fijó, y si no devolverle el doble de lo que te adelantara. Si firmaste otra cosa, pues depende de lo que firmaras con él, no sé. Pero es independiente de tus asuntos con el banco.
El banco por otro lado da igual que se eche atrás o no ni lo que te dijeran, en cierto caso: si vendes la propiedad y el precio de venta es al menos igual a la cantidad por pagar más la comisión que haya por cancelación, si la hay, se cancelará la hipoteca sin más al pagarse lo que se debe. Si la cantidad es menor sí que tendrías un problema, habría que ver qué has firmado con ellos, que no sé qué es.
Buenas tardes, le explico un poco mi caso para ver si me sacas de dudas, hace unos 5 años me compré un piso pero la cosa vino mal y tuve que dejar de pagar por lo cual hablé con mi banco donde tengo la hipoteca y quedamos en intentar vender el piso con la condición de que me quitaran la deuda y en un principio el banco acepto, nos salió un comprador y el banco al final se ha hechado para atrás pero antes de eso hicimos el comprador y yo un contrato de compraventa privado, me ha llegado un burofax de su abogadapor no poder venderle el piso, quería saber hasta que punto puede hacer algo su abogado puesto que no hay dinero por medio ni nada.
Pone en el contrato que hicimos que se recomienda firmar el contrato no menos de tres meses para hacer pública la escritura y ha pasado ya casi un año.