Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Comprobacion de valores

0 Comentarios
 
Comprobacion de valores
perfil GMC
11/03/2011 18:57
En una comprobación de valores hecha por la Consejería de Hacienda de un gobierno regional, se ha hecho una tasación por la admon de 136.076,97 de una casa comprada en 80.000 euros. ¿qué valor tendría que dar el perito nombrado por el administrado para que entrara dentro del 10% que señala la LGT para que se tomara ese valor en la liquidación practicada? El art 135. 2 LGT dice:2. Será necesaria la valoración realizada por un perito de la Administración cuando la cuantificación del valor comprobado no se haya realizado mediante dictamen de peritos de aquélla. Si la diferencia entre el valor determinado por el perito de la Administración y la tasación practicada por el perito designado por el obligado tributario, considerada en valores absolutos, es igual o inferior a 120.000 euros y al 10 % de dicha tasación, esta última servirá de base para la liquidación. Si la diferencia es superior, deberá designarse un perito tercero de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente.