Hola Buenas tardes, tengo una duda sobre un tema tributaria y os pido colaboración.
COMPROBACION DE VALORES DE BIENES TRANSMITIDOS EN DONACIÓN
HECHO 1
Con fecha 26/11/2010 se transmite un inmueble por un importe de 3.500 euros es una parcela rústica con edificaciones. Se transmite el bien de padre a hijo como donación.
Posteriormente en el año 2013 se hacen una comprobación de valores principalmente debido a las edificaciones que hay en dicha parcela que son naves ganaderas y el bien queda valorado por parte de la Adminitración por 18.117,78 euros
HECHO 2
Con fecha 30/12/2015 por cuestiones familiares el hijo vuelve a donar al padre dicho inmueble, la cantidad que se pone en escritura pública es la misma que la de transmisión para que no se produzca una ganancia patrimonial. Es decir en la nueva transmisión se pone el valor de 3.500 euros no de 18.117,78 euros y así el donante no declara ganancias patrimoniales.
DUDAS QUE SE PLANTEAN:
Cuestión 1: Por qué valor se debería de haber transmitido el bien por el valor consignado en escritura (3.500) o por el comprobado por la Administración (18.117,78).
Cuestión 2: En el caso de que se hubiera puesto el valor de 18.117,78 euros tampoco podría haberse considerado ganancia patrimonial puesto que por ese importe fue por el que se tributó cuando se hizo la donación.
EN DEFINITIVA COMO PODRÍA REGULARIZAR ESTA SITUACIÓN