Una sociedad SL demanda a mi cliente(otra sociedad) solicitando literalmente la sustitución de una máquina de vending o resolución del contrato. Juicio verbal cuantía unos 5000 euros. Se basa en Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias;
Artículo 3. Concepto general de consumidor y de usuario.
A efectos de esta norma y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.
-----
La máquina la adquiere la sociedad para utilizarla no para revenderla; pero, ¿Es de aplicación esa normativa citada o le es de aplicación el código civil? Compraventa mercantil entiendo que no es. Es importante ya que la compraventa es de finales del 2008.