Repito: "Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y desde entonces obligan"
"Pero la obligación existe y es contractual. "
Y para saber si es pecata minuta o no, habrá que ver las pruebas de las que se dispone. Pero sea como sea no soy de los que deja mail y rasca clientes...así que será cuestión del consultante y en su caso del compañero que designe.
A ver si me entero. No hay contrato. Bueno si lo hay, pero como si no. Bueno, la ley da igual. Bueno, da igual para este caso pero para otros no.
Como hemos dicho varios de nosotros será cuestión de ver qué pruebas tiene este señor, no tengo ni idea si en la documentación hay un precio señalado o no, o anotado que se lo venden o que le gustan los caramenlos rojos...
Pero en el momento en que hay exteriorización de la aceptación de la oferta hay contrato, y desde entonces obligación. El negocio jurídico no es verbal o escrito, esas son cuestiones que prueban y dan soporte al negocio jurídico, que es autónomo a esas formas y existe desde el acuerdo de voluntades. Es más, existe inlcuso antes de que tal acuerdo se perfeccione ya que como he dicho incluso los tratos preliminares tienen cierta capacidad obligacional...o al menos de ellos puede nacer una responsabilidad extracontractual, por lo que serían algo así como un proto-negocio.
Sultan dice Vd:
"se puede demostrar la voluntad efectiva de la venta aportando la documentación relativa a la vivienda que el vendedor entregó al comprador."
Y la práctica me dice que dicha documentacion no pasa de ser la mera información publicitaria detallada que expresamente refiere su NO condición contractual y que por regla común se suele dar como dossier a cada optante a lacompra para ir tanteando en sus bancos esa posibilidad de acceder a préstamo hipotecario....no es prueba de absolutamente nada, insisto.
No puede obtenerse de modo forzado lo que no quiso darse de modo simple con un garabato en cualquier kleenex....el resto insisto que sigue siendo un perfecto brindis al sol, por más que digamns que hay 1254 y ss......
Y no es comparable este supuesto con aquellos otros en los que existen PREVIAS posesiones de estado fácilmente reconocibles como vínculo o negocio jurídico VERBAL (llámese arrendamientos o relacion laboral, p.e.)
El problema no es que no le vendan la casa, sino que el vendedor a modificado el precio inicial, y esto será lo que al consultante le interesará poder probar. Con la documentación a lo mejor se considerará probado el contrato o al menos los tratos preliminares, pero como dije parece que lo importante es mantener el precio inicialmente pactado, pues el vendedor puede decir que sí se pactó la CV, pero en 10 en lugar de 8.
puffff.
manda un burofax diciendo que emprenderas acciones judiciales por resolucion unilateral de contrato verbal, y a ver si se acojona.
sino, mal veo yo la prueba en este procedimiento.
Efectivamente y como decís, la carga de la prueba de la existencia del contrato verbal de compraventa corresponde al futuro comprador, pero entiendo y como bien dice ac37, se puede demostrar la voluntad efectiva de la venta aportando la documentación relativa a la vivienda que el vendedor entregó al comprador.
En cuanto al precio, como elemento esencial del contrato de compraventa, ha de ser cierto y determinable, por tanto no es preciso determinar la cantidad de dinero en el mismo momento de la celebración del contrato. Para la prueba del precio fijado por las partes, resultaría de gran ayuda la existencia de testigos.
"los dueños nos han entregado la documentacion de la vivienda para que pedieramos hacer las gestiones con el banco, y practicamente ya teniamos todo el tema resuelto"
No sé cómo lo véis, pero yo creo q esto es un indicio -prueba- a favor del precontrato, promesa de venta, compraventa, etc (amén del testimonio del empleado/a del banco, otros testigos...). Si bien habría q estudiar el asunto en detalle para dar una opinión mas elaborada y completa.
Hacer afirmaciones categóricas en esto del dcho considero q es una auténtica temeridad, hasta con las pruebas delante (según el caso), y aún más sin ellas, pues la solución depende siempre de un 3º.
existir existe contrato, pero como dice morinelli, en que precio, que forma de pago, cuando la entrega de la cos, etc?
pocas veces he visto probar un contrato verbal...mejor dicho una o ninguna
Si no hay soporte físico de dicho con sentimiento, objeto y causa, NO hay negocio jurídico....¿obligaci´ñon natural o esperamos a que reconozcan que exisitió?
decir que hay, que existe PERO.... es un brindis al sol en este mundo de soportes físicos.
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y desde entonces obligan, cuestión distinta es en qué forma se expresa el consentimiento, algo que como bien afirman será cuestión de poder probarlo. Aquí si que puede ser complicado ya que el quid de la cuestión no será tanto probar la venta sino sus condiciones...
Hola minpas, el caso que expones en un claro precontrato o promesa de venta con aceptación mutua y coincidencia en el objeto y precio.
La promesa de vender o compra da derecho a los contratantes para reclamar reciprocamente el cumplimiento del contrato. (Sentencia de la A.P de Alicante 438/2005)
De lo q cuenta y de lo q se deduce, puede haber posibilidad de q en caso de juicio se les dé la razón (arts. 1254, 1256 y 1258 CC, entre otros muchos) y dado q hay en juego una cantidad no despreciable de euros, a lo mejor digo una barbaridad, pero ¿ha pensado en contactar directamente con un abogado y no buscar consejo en en foro de internet en el q entra cualquiera y dice lo 1º q se le ocurre?
Recuerde pedir presupuesto por escrito en varios despachos y q los honorarios son libres.
hemos decidido comprar un piso, lo hemos visto con los dueños y hemos acordado pagarles el precio que pedian. los dueños nos han entregado la documentacion de la vivienda para que pedieramos hacer las gestiones con el banco, y practicamente ya teniamos todo el tema resuelto, cuando nos han llamado y nos dicen que les han ofrecido 12000 euros mas por la vivienda y que o igualamos la oferta o no nos venden el piso. esto es legal? pueden negarse a vender el piso despues de haber llegado a un acuerdo verbal?