En la escritura vendrá algo como: se pacta un precio de ..... que a la fecha ya ha sido abonado o declara la parte vendedor haber recibido la cantidad de .....
Gracias satanete, mi duda tal vez infundada, es que tengo una mera idea, no se si cierta o no, que al formalizar la escritura se tenia que hacer constar la forma de pago. En este caso cuando se realice la escritura pública el precio ya habrá sido pagado hace meses. Por eso mi duda. Puedes confirmármelo.
Yo no veo problema alguno, amarra bien el contrato por si acaso, elevar a público un contrato no causa ningún problema, eso si el negocio jurídico se perfecciona con el privado.
Estimados compañeros, me propongo realizar ente dos partes de toda confianza, un contrato privado de una finca de compraventa de una finca en el cual figurará la obligación de elevarlo a público en un plazo de un año (hay un jaleo de escrtituras y puede tardar, comprador y vendedor quieren la finca y el dinero ya) entragaremos la finca y recibiremos el importe íntegro del precio. ¿puede haber algún problema en el momento de elevarlo a público) en dicha escritura púbica haremos constar que el importe total del precio y aha sido recibido. ¿puede haber algún problema por esto? gracias de antemano.