Mi Padre querría pasar a sus hijos sus propiedades dado que en los próximos meses va a contraer matrimonio con otra persona y por tanto si las pasáramos por herencia dicha persona tendría derecho al 33% del usufructo de estas.
Dado que los impuestos de donación son muy altos, entendemos que la mejor manera de hacerlo es mediante compraventas. ¿es así? Entendemos que para la compraventa es necesario se produzca un "traspaso" de dinero enfrente del notario. Podemos reunir alrededor de 60.000€ en metálico para mostrarlo en las firmas ante el notario. Obviamente mi padre realmente no recibiría dicho dinero. Las propiedades son:
1. Piso con hipoteca por pagar de 110.000€, (valor de tasacion 240.000€, valor catastral de 47000€, coeficiente del municipio para el itp del 2.55), comprariamos dicho piso por 110.000 asumiento nosotros dicha hipoteca.
2. Parcela con valor catastral de 86.000€, (coeficiente del municipio 1,85) se traspasarían ante el notario 60.000€ en la compraventa.
3. 25% de una casa de la cual ya tenemos en propiedad el 75%. Valor catastral de la casa 73.000€ (coeficiente del municipio para el itp es el 2.55) Igualmente podríamos mostrar ante el notario los citados 60.000€.
Mis dudas son:
¿Es esta la manera mas barata de realizarlo? Entendemos que los ITP que tendriamos que pagar serian el 8% * valor catastral * coeficiente multiplicador
¿Podría hacienda reclamar y decir que es una donación y no una compraventa y por tanto exigirnos el impuesto de la donaciones?
Si una vez casado mi padre se arrepiente de los traspasos, ¿podría reclamarnos la nulidad de dichas compraventas alegando que eran donaciones y no compraventas?
Si mi padre fallece, ¿la viuda podría realizar asimismo dicha petición reclamando su legitima?
Buenas tardes cirdan21.
Las cuestiones que plantea requieren un análisis pormenorizado, ya que hay que analizar diferentes circunstancias patrimoniales y familiares adicionales.
En cualquier caso, lo primero que debería señalar es la Comunidad Autónoma de residencia de su padre, de usted y del resto de hermanos que vayan a recibir los bienes.
Un saludo.
Jaime.
Hola de nuevo Cirdan21.
Efectivamente aquí, en Andalucía, la tributación vinculada al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es bastante elevada.
Me cuesta darle una opinión ya que hay que valorar muchos aspectos. En cualquier caso, le comento lo siguiente:
1) Además de los impuestos a los que hace referencia, debe tener en cuenta que las operaciones que plantea también pueden resultar gravadas por el IRPF y por la denominada "Plusvalía Municipal".
2) Existen, a priori, otras fórmulas que no se si le encajarán, como pudiera ser una compraventa con pago aplazado.
3) Respecto a "mostrar ante notario" una determinada cantidad de dinero, y en el hipotético caso de que acepte esa forma de dejar constancia del pago, debe tener en cuenta que es relativamente sencillo desacreditar el pago si no acredita que ese importe ha sido ingresado en la cuenta de su padre.
En definitiva, debería consultar a un experto tributario que sea de su confianza antes de tomar cualquier decisión, ya que los impuestos asociados a ella pueden ser muy cuantiosos.
Saludos.
Jaime.