Es de aplicación el Decreto 74/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi.
Los pasos a seguir son:
1.- Realizar un precontrato privado entre las partes, y comunicarlo a la Administración competente.
2.- La Administración competente tiene un plazo para comunicar su intención de ejercer o no su derecho de tanteo. Normalmente entregan al interesado una notificación en la que se le comunica la intención de no ejercer el derecho de tanteo.
3.- Con la notificación que comunica la intención de no ejercer el derecho de tanteo por parte de la Administración competente, la licencia de taxi, copia del precontrato, y los datos del vehículo si también se transmite, hay que ir a una Notaría, a otorgar el documento público de adquisición.
4.- El interesado tiene que presentar en la Administración competente, dentro del plazo establecido, el documento público otorgado y acreditar el resto de requisitos.