Una empresa realiza dos lineas de negocio diferenciadas que han sido financiadas por bancos. Los
contratos de financiación incluyen cláusulas típicas de prohibición de cambio de control de o de disposición de activos sin el previo consentimiento de los bancos.
Una empresa está interesada en vincular cuanto antes a los socios mayoritarios (que representan el 90%) con la firma de un contrato.
- Existen pactos sociales de derecho de adquisicon preferente, arrastre y acompañamiento entre socios.
1. ¿Sería posible firmar un contrato sin haber obtenido aún los consentimientos de los bancos que fueran necesarios?
2.¿Qué tipo de Cláusulas podrían incluirse en el contrato a estos efectos?