Una sociedad limitada de capital social 3000 euros, constituida por dos socios cada uno con 1500 participaciones sociales, son a la vez Administradores solidarios, han vendido cada uno 500 participaciones a un nuevo socio, quedando la sociedad formada por tres socios de 1000 participaciones cada uno y continuando como administradores solidarios los dos prímeros, nuestra duda es si deberian de haber realzaido un acta previa a la comptraventa de participaciones sociales realizada en el notario. Gracias
Si debe existir una Junta General Extraordinaria de socios en la que se autorice la venta de participaciones a un tercero extraño a la sociedad. No es difícil de redactar y por muy poco dinero se lo podrá hacer un abogado de forma que pueda evitar futuros problemas entre los socios.