Varios accionistas de una SL van a vender parte de sus participaciones a un nuevo miembro. El contrato a redactar se elevará a escritura pública.
Mi pregunta es si puedo hacer un contrato único que incluya los tres vendedores (especificando cada uno qué vende y a qué precio) con el comprador, o tengo que hacer un contrato por cada transacción.
Si hago lo primero saldrá mucho más barato que hacer 3 contratos por separado.
Gracias a quien pueda decirme algo, ME
En primer lugar, para la válida transmisión de participaciones sociales es necesario escritura pública. Así lo disponía el derogado artículo 26.1 de la Ley de sociedades de responsabilidad limitada (LSRL) y lo establece el actual artículo 106.1 de la LSC, según el cual "La transmisión de las participaciones sociales deberán constar en documento público".
Si usted va a realizar contrato previo a la formalización en notario de la compra-venta de participaciones, puede preguntarle al notario si la operación la va a realizar en una sola escritura, si es así, realice usted un solo contrato.
En mi opinión con un solo contrato seria suficiente.
La idea es formalizar este acuerdo en un contrato previo y posteriormente elevarlo a público. Entiendo yo también que con un solo contrato será suficiente. Muchas gracias