Buenas, tengo una duda. Un cliente compra unos muebles en una muebleria, y decide hacerse cargo él del trasnporte. Paga al contado el precio de los muebles, en la misma tienda donde se encuentran estos, y se compromete a volver las emana que viene a apor ellos. Por problemas tecnicos no puiede, y decide contratar con la misma tienda por un importe extra, el trasnporte de los muebles a su casa. La duda es ¿esta mos ante dos contratos diferentes compraventa y arrendamiento de servicios? ¿ o el servicio de trasnporte es una obligacion derivada de la compraventa? ¿si existe incumplimiento en el trasnporte, se debería resolver la compraventa?
Hay dos contratos diferentes, pues la compraventa de los muebles quedó perfeccionada con el pago, y no hay por qué concluir que necesariamente el transporte está integrado en el contrato de compraventa o que sea consecuencia de este. De hecho, las grandes marcas de distribución de muebles hacen entrega del material en una dependencia de la nave, y si alguien quiere contratar transporte es cosa suya, precisamente para evitar que se conecte un contrato perfeccionado con un suceso que puede acabar mal, con desperfectos con ocasión del transporte.