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Compraventa con pago aplazado

7 Comentarios
 
Compraventa con pago aplazado
29/12/2020 01:19
Buenas noches.

Estoy pensando en comprar un piso con pago aplazado. Pagar 50.000 euros iniciales y 30.000 euros restantes dentro de dos o tres años. ¿Me pueden dar recomendaciones sobre cual es la mejor manera de hacerlo, para tener la máxima seguridad para hacer la compra del piso?

He visto por internet que existen varias opciones a la hora de formalizar el contrato de compraventa, como por ejemplo la condición resolutoria o la reserva de dominio. Desconozco si existen más.

Gracias de antemano.
29/12/2020 15:24
Eso que va a entregar usted es un gran porcentaje sobre el precio total, por lo que lo lógico es que vaya a notaría con el vendedor y haga unas escrituras de compraventa corrientes, configurando el precio aplazado y los plazos. En caso de impago, el vendedor tendría la opción de ejecutarle a usted la escritura de compraventa y embargarle de inmediato, por lo que tiene una garantía de cobro muy sólida, y usted tendrá su casa.
30/12/2020 12:54
Grisolía
Gracias por tu respuesta.

Han surgido una serie de cambios y pueden seguir surgiendo cambios en relación a este tema. Te detallo a continuación.

El vendedor tiene una hipoteca y no quiere formalizar la compraventa definitiva hasta dentro de 3 años. Y nos dice lo siguiente:

1º: Pagar 50.000 euros iniciales.
2º: Durante 3 años nos deja vivir en la vivienda.
3º: Pago final de 30.000 euros.

Sabiendo lo anterior, me surgen las siguientes dudas:

1. Como el vendedor tiene una hipoteca, tengo entendido que la transmisión de la propiedad no se puede llevar a cabo. Entonces, ¿habría que hacer un contrato de compraventa con pago aplazado con "reserva de dominio" o algo similar? NOTA: el vendedor no quiere hacer "alquiler con opción a compra" para no pagar más impuestos.

2. IMPORTANTE: el vendedor dice que cuando pasen 3 años, el sigue debiendo de hipoteca unos 27.000 euros. El nos dice que se hará cargo de ese pago, ¿pero como nos aseguramos que cumple con esto? ¿se puede poner alguna clausula penal en el contrato? ¿Y si fallece y los herederos no quieren pagar los 27.000 euros de hipoteca?

3. Para poder vivir en la vivienda que vamos a comprar durante esos 3 años, ¿en qué documento se puede reflejar que el comprador puede hacer uso de la vivienda? ¿nos podemos empadronar?

4. Y si no fuera un "contrato de compraventa con pago aplazado", ¿Qué otras formas de contrato podrían ser para un caso como este? Tal vez un contrato con opción a compra (no alquiler con opción a compra, únicamente "contrato opción a compra") describiendo detalladamente todas las clausulas, aunque creo que este tipo de contrato tiene menos validez legal que un "contrato compraventa pago aplazado".

Le agradezco si puede responder las preguntas enumerándolas, como hice yo arriba.

Muchas gracias de antemano.
30/12/2020 14:33
Esto una compraventa otorgada ante notario e inscrita en el Registro de la Propiedad, con precio aplazado a tres años, tras los cuales se pagará el precio de 30.000 euros descontado lo que en ese momento se adeude de hipoteca. Teniendo en cuenta que esa sería su casa, por supuesto que pueden vivir en ella y hasta venderla, permutarla, alquilarla, regalarla y hacer lo que quieran. Si hay una ejecución hipotecaria durante esos 3 años, podrán ustedes acceder a la propiedad completa pagando lo que se deba al banco. Lo que ocurre es que ustedes podrían desde ahora mismo pagar 53.000 euros y subrogarse en 27.000 de hipoteca, con lo que desaparecería el vendedor de la ecuación; de donde se deduce que el vendedor tiene cuentas que no cuadran con una compraventa convencional y por eso se están generando tantas dudas, y hay que encajar una transacción en definitiva doblegada al solo interés del comprador. Se les sugiere que acudan a un profesional, para que aclare todo el asunto documental e indague el porqué de esas extrañas condiciones.
06/01/2021 01:41
Grisolía
Al final lo más probable es que sea lo siguiente:

Contrato de opción a compra (OJO: no alquiler con opción a compra, solo contrato con opción a compra) de la siguiente manera:

1º: Pagar 50.000 euros iniciales.
2º: Durante 3 años nos deja vivir en la vivienda (se hará un contrato de cesión de vivienda, tipo precario o comodato)
3º: Pago final de 30.000 euros.

Preguntas:

1. ¿Qué ocurre si fallece el VENDEDOR durante los 3 años que estamos esperando a hacer la compra definitiva?

2. El contrato de opción a compra, ¿se puede inscribir en el registro, para mayor seguridad?

3. Para vivir durante los 3 años en la vivienda, ¿qué tipo de contrato interesa más?¿precario, comodato u otro tipo? También que mis padres se puedan empadronar, aunque yo haga la compra del piso.

Muchas gracias por su ayuda
06/01/2021 12:50
Como ya le ha insinuado Grisolía, creo que está enfocando el tema desde una perspectiva equivocada.
El planteamiento no debe ser que usted deba cubrirse ante un posible incumplimiento del vendedor, sino exactamente lo contrario, que el vendedor se cubra ante usted.
08/01/2021 01:29
Pueden hacer una escritura consignando su acuerdo, y poner que los 30.000 se pagarán en tal número de cuenta, pudiendo ustedes otorgar escrituras de consolidación de la compraventa contra la presentación del resguardo bancario. En cuanto a la posesión, se pone simplemente que "los cedentes entran en posesión del inmueble objeto del presente el mismo día del otorgamiento de la escritura, y cesarán en la misma caso de no ejercer la opción". Pueden inscribir las escrituras en el registro de la propiedad. Se le alerta de que hay una hipoteca pendiente, que ha de estar al día.
08/01/2021 14:05
El vendedor y la notaria insisten en hacer solo "opción a compra" (OJO: no alquiler con opción a compra).

Me surgen las siguientes dudas:

1. ¿Qué ocurre si el vendedor se niega a pagar la hipoteca restante? NOTA: no queremos subrogar hipoteca.

2. ¿Qué ocurre si el vendedor fallece durante los 3 años que estamos esperando a formalizar la compra definitiva? NOTA: estaremos con contrato de comodato en la vivienda durante estos 3 años.

2.1. ¿Los herederos están obligados a pagar la hipoteca restante?

3. ¿En qué artículo del código civil, jurisprudencia o lo que sea, pone que el contrato de opción a compra pasa a los herederos? ¿Ellos tienen la obligación de cumplir el contrato?

4. ¿El contrato de opción a compra se extingue si fallece el VENDEDOR principal? ¿O pasa a los herederos?

Gracias de antemano.