En el caso del IVA, el comprador es el contribuyente, porque él pone dinero, pero el vendedor es el sujeto pasivo, porque es él el que tiene las obligaciones con Hacienda. Hay excepciones, principalmente el caso del IVA de importación. Además, el comprador es responsable solidario si con mala fe o negligencia ayuda a que el vendedor deje de declarar el IVA, y el comprador que sea empresario o profesional es responsable subsidiario si debería saber que el vendedor no va a declarar el IVA. Pero, en general, al comprador Hacienda no le puede reclamar.