Conozco a una persona viviendo en una vivienda de proteccion oficial (le queda 5años de proteccion) en la zona de Madrid y quiere venderla (seria yo el supuesto comprador para una vivienda principal, empadronado en Madrid desde hace 15años).
La situacion es que esta vivienda le pertenece a EMVS y me dice esta persona que tiene que pagar al EMVS 6000euros para poder pasarlo a su nombre y luego poder venderlo dentro de su limite legal (segun decreto), entendi que este proceso de "Amortizacion anticipada" seria como de 2 a 3 meses de plazo, es posible? me gustaria saber los pros/contras de tal proceso, si se puede alargar, bloquear..
Pero esta persona necesita este dinero que seria parte de mi señal a la inmobiliaria. Por esto, queria comprobar las garantias de tal situacion:
Por ser "dueña" de primera mano puede comprar si o si el piso a la EMVS y poder volver a venderlo enseguida? o cuales condiciones/sorpresas podrian ocurrir?
Tiene el comprador (de 2ndo mano, yo en este caso) que demostrar una situacion especifica (Rentas X veces al IPREM?, inscrito en la EMVS?, familia numerosa?, minusvalidad..)?
* en parallelo intento conseguir informacion de la EVMS que compartire aqui