Hay una ley contra el blanqueo de capitales que el notario está obligado a observar. Tiene que haber un cheque bancario, unido a la escritura original (la llamada "matriz") a nombre de los titulares de la venta, por el importe exacto que figura como precio. El apoderado no es más que una persona que interviene de forma episódica, sin relación económica con la transacción.
En la compra de una vivienda donde los vendedores conceden un poder para hacer la venta a un tercero. A nombre de quien se emitirían el cheque bancario, a nombre de los titulares de la propieda o a nombre de la persona que tiene el poder.