Buenos días, me pongo en contacto con vosotros a ver si me podeis aclarar algunas dudillas. El caso es que he comprado un piso por promotora y me lo entregan en Junio. Esta me ha solicitado que antes de la firma del contrato tengo que pagar una cantidad y me da a elegir si pagar IVA de esta cantidad o no. Entonces tengo claro, que si no pago IVA, este dinero es ganancia en "B" para la promotora y yo me ahorro el IVA. Pero mi intención es pagarlo, pero no se que perjuicios me puede ocasionar esto... a la hora de escriturar o de vender... Sin otro particular y agradeciendo de antemano vuestra ayuda, recibid un cordial saludo. Gracias.
Hola,
En principio si le das el dinero sin IVa, no se tiene que declarar por ninguna de las dos partes, pq como dices es "B" (bruto), lógicamente en la escritura, el precio de venta será inferior al que realmente habrás desembolsado, pero tú te ahorras IVA por una parte y la parte proporcional de la escritura, y cuando lo vendas, no pasará nada ya que siempre se tiene que volver a ecriturar por más de lo que tú lo compraste en su día, por que es lógico que los pisos suben, y también podrás cobrar algo en "B o N".
Dudo mucho que una promotora reciba pagos en dinero B. Puede ser simplemente una entrega a cuenta y posteriormente, al escriturar, pagar el IVA de toda la operación, cosa que se hace habitualmente (por no decir siempre). Si es dinero B realmente, mucho miedo me daria a mí esa promotora....