Esta pregunta no corresponde al foro de Arrendamiento Urbanos sino al de Derecho Civil General, sin embargo responderé diciendo que coincido plenamente con la acertada respuesta de Pepe123.
Lo que se refleja en la escritura es la compra/venta de la nuda propiedad, reservándose la vendedora el usufructo vitalicio.
El notario se lo redactará sin ningún problema.
Buenas tardes y gracias de antemano por sus consejos. Les cuento:
Mi hija quiere comprar una casa a su vecina la cual ya es una `persona mayor, pero una condición es poder quedarse en ella mientras viva, esta vendedora no tiene hijos ni marido , si tiene sobrinos y vive sola asistida por una chica.
Como habría de recogerse tal condición en la escrituras, y si en un futuro puede haber algún problema.
Muchas gracias