Estoy de acuerdo con MJ. Parece que lo que ele piden es la señal para el vendedor. Eso es la señal para que las partes no se retiren de lo pactado, de tal forma que si el comprador desiste del contrato, pierde lo pagado en concepto de señal, y si el que desiste es el vendedor, pues debe devolver el doble al comprador. Esto es la regla general que admite excepciones.
Es completamente necesario ver qué dice su contrato privado de compraventa.
¿Contrato de exclusividad?. ¿No será la cantidad de señal y reserva del piso que va al propietario de forma íntegra?. Si es ésto último, sí es legal, siempre y cuando esta cantidad aparezca claramente especificada en el contrato de arras y evidentemente minore el precio del piso a su firma de escrituras. Si lo deseas, envíame el contrato de arras, escaneado, a mi mail: gestion@bahiadearagon.com y te lo confirmo. Un slaudo.
y pagaste esa cantidad? si la pagaste te ¿incrementaron el precio de la vivienda en 1200 Euros?si es costumbre el cobro de esos honorarios te lo deben decir cuando contactas y decides hacer la operación con ello. De saber que el precio de la vivienda va a ser 1200 Euros más caro es muy probable que condiciones tu decisión ¿no?
Al realizar el tramite de la compra de la vivienda a traves de una inmobiliaria, me pidieron, al cabo de una semana, 1.200€ en concepto de contrato de exclusividad para el propietario de dicha vivienda. ¿es legal ese tramite, o es una trola de la inmobiliaria? Casi todas hacen lo mismo.