mi caso es que e comprado un coche de segunda mano a un particular y antes de cumplir el mes se me a roto el motor(una biela se a salido por el bloque motor)...la pregunta es que tengo que hacer...los papeles se firmaron en una gestoria y en el contrato hai dos clausulas que pone (5.El vehiculo ha sido verificado por el comprador su estado y funcionamiento,renunciando expresamente a efectuar cualquer reclamacion al vendedor del mismo.6.EL comprador reconoce el estado en que se encuentra el vehiculo,y para que conste ante la Conselleria de Economia yHacienda asi como de la Jefatura Provincial de Trafico,y surtan los efectos pertinentes los pactos contenidos en el presente documento privado,firman)... que puedo hacer...
El plazo es de 6 meses para sanear si hubiera algún problema oculto, vamos, si te lo vendió con algún defecto oculto.
El hecho de que se le salga una biela por el motor, creo que no es un vicio oculto (no soy mecánico, pero... porqué se ha salido la biela?), es una avería que ha pasado en ese mismo momento, y que no deriva directamente de algo anterior.
Así, que si es como he dicho, no tienes absolutamente nada que reclamar.
Vicio oculto ....como no entiendo de mecánica no se explicarlo mui bien perro me han dico que podía aver tenidomal los cascasquillos de biela mal y algún mecánico le a dicho si no queres areglarlo vendelo...y hai estuve io...me fiie demasiado..un saludo
No son validas las clausulas de un contrato que sean contrarias a Ley. Y en segunda mano son seis meses de garantia. Ahora bien reconoces que estas conforme con el estado del coche exponiendo que sabes como esta. De ahi se deduce que has pagado menos valor por su estado. Podrias haberlo comprado para desguazarlo y despues pedir su arreglo. Estimo que no podras reclamar. Si las clausulas hubieran sido menos claras si que hubieras podido. El gestor fue el que te hizo firmar algo que no debias haber firmado. Si vas a juicio y pierdes ya pierdes en gastos seguramente mas que vale el vehiculo. Yo no reclamaria. Saludos.
No se trata de garantía, ya lo ha explicado lsd2.
Yo pienso que si le vendieron el vehículo conociendo el vendedor y advirtiéndolo así al comprador, que presentaba defectos graves, debería haberlo hecho constar en el contrato, al tiempo que reflejase una minusvaloración del precio de venta por ese motivo. Poner que conoce el estado del vehículo no es suficiente.
Y pienso más, si un perito le hace un informe en el que deje claro que un problema como ése no podía pasar desapercibido para el vendedor y que éste debía ser conocedor por narices de que estaba próximo a averiarse gravemente, podría perfectamente ganar una demanda.
Un perito le cobrará unos 200 euros pero puede recuperarlos con la demanda.
No hay ni garantía de segunda mano, ni ley de condiciones generales, ni nada parecido. Eso sería para compraventas mercantiles, con un profesional de por medio. En las ventas entre particulares, no operan esas leyes, si no el código civil. Y el código civil dice lo que yo he dicho.
Vuelvo a repetir, no sé si el problema mecánico deriva del desgaste, o ya era un vicio oculto conocido por el anterior propietario. Pero en caso de que así sea, has de demostrarlo, si no, mal lo llevas.
Gracias por las respuestas perro e decidido en areglarlo y olvidarme de juicios y abogados...a la otra abriré más los ojos cuándo firmó algo ...
Saludos y gracias