Buenos días. Me gustaría saber la siguiente información. Voy a comprar un trastero este mes. En estos momentos dicho trastero está alquilado por el vendedor y le ha dado plazo al inquilino de este mes para abandonarlo. Deberíamos firmar la venta en febrero tras el desalojo del inquilino o podría ir haciendo ya el papeleo?. En cuanto a la documentación, me gustaría saber qué gastos debería afrontar el vendedor y cuáles yo, como comprador? Y que cargas deben de estar saldadas a fecha de la firma por parte del vendedor? No quisiera encontrarme con pufos tras la compra de los que tener que hacerme cargo. Gracias de antemano
Por partes:
1. Cuando usted compra un inmueble alquilado, se subroga a la posición del propietario anterior, por tanto, le recomiendo ver el contrato que tiene firmado el actual propietario con el inquilino del trastero. Si el contrato pone que ya ha vencido y, por tanto, está finalizado, con la comunicación fehaciente prevista, puede usted atribuirse la misma capacidad que el actual propietario para proceder al desalojo
2. Los gastos, los que hayan pactado, y si no han pactado, usted pagaría ITP (depende de la CCAA donde esté es más o menos), Registro de la propiedad y parte de notaría (primera y sucesivas copias de escritura). También pagaría, por stc del TS, el IBI de los meses del año que usted disfrute de la propiedad (si compra a 1 de febrero, pagaría 11 meses de IBI mientras que el vendedor pagaría 1 mes)
3. Respecto a las cargas, debe venderse sin cargas (para comprobar las cargas es necesario solicitar nota simple en el Registro de la Propiedad)
Por otro lado, si el actual propietario y el inquilino no tienen contrato firmado, y es verbal, le recomiendo que compre una vez desalojado el inquilino