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Compra terreno urbanizble

8 Comentarios
 
Compra terreno urbanizble
07/06/2013 13:14
Hola a tod@s,
mi pregunta es la siguiente:
Quiero comprar un terreno que es urbanizable (recogido en el PGOU) y quisiera saber que papeles tengo que pedirle al vendedor para asegurarme que todo está correcto. Añadir que ahora mismo hay una junta de compensación.
Muchas gracias.
11/06/2013 16:23
Estuve a punto de vender no de comprar. En tu caso y en primer lugar, miraría la escritura del vendedor, si está registrada, cargas, si pertenece a una o varias personas, etc; y luego lo más importante es que como ya está constituida la Junta de Compensación, que ésta te certifique la superficie que te corresponde (puede no coincidir con la escrituta), te de planos de toda la urbanización y de tu parcela porque entre calles, aceras y demás puedes quedarte en una superficie ridícula, de cómo quedará tu vivienda, porcentaje que tienes en esa Junta porque tendrás que pagar por tu porcentaje, cómo piensan pagar la urbanización: banco, condiciones del crédito que han pedido, .....
El ser propietario es importante, pero es tal vez más importante que contactes antes de comprar con los responsables de la Junta de Compensación porque entrarás a formar parte de los que pagarán un enorme crédito para hacer la urbanización, y eso si que hay que mirarlo bien.
Saludos.
12/06/2013 01:02
Hola Fran,,
Gracias por tu respuesta. Me gustaría preguntarte un par de cositas que no me han quedado clara.
¿Que papel tiene la junta de compensación una vez que se ha realizado la reparcelación y las parcelas están escrituradas en el registro de la propiedad?.
¿Lo que viene en el registro de la propiedad debería coincidir con los metros que están recogidos por la junta de compensación no?, me imagino que lo que tiene validez en lo que está registrado.
¿A que te refieres con pagar tu porcentaje?
El coste de urbanizar, ¿no viene recogido en la nota simple?

Muchas gracias.


12/06/2013 10:12
Yo tenía una parcela de 2.000m2 en una Unidad de Actuación de 64.000m2. Mi intención era vender al constructor y por ello me daban x dineros, pero había propietarios que querían un chalet por su terreno y esos entraban a formar parte de la Junta con la constructora para hacer la urbanización con su parte proporcional del total de los gastos, puesto que sólo se hacían cargo de su parcela y el constructor le hacía el chalet. La Junta la componen la constructora, y los propietarios que hayan querido cambiar superficie por chalet. Pero no es tan simple como cambio parcela por chalet, porque esta Junta llamémola de propietarios que construye tiene que construir además de los chalets, calles, aceras, alumbrado, alcantarillado, y obras que le impone el PGO (zonas verdes, aparcamientos subterráneos, plaza, edificio para asuntos sociales, dejar solar para farmacia, super, estación de transformador de la luz,..); y te corresponde tu parte proporcional de todas esas obras, a menos que la junta te certifique que te den chalet por tu superficie y no tengas que ver con esas obras comunitarias o te pidan más aportación.
Otro problema es que la Junta pide uno o varios créditos para acabar la obra y la Junta tiene que pedirlo al banco, y ahí los del banco te pedirán muchos avales (el solar del la Unidad, casas, fincas) a los componentes de la Junta y eso es peligroso. Lo bueno sería que lo pidiera a nombre de la empresa constructora, así si no paga que el banco se quede con la parcela.
En fin no te aconsejo que entres en una Junta sin antes hablar con un abogado (que no esté conectado con la constructora) y te vaya guiando. Para meterse en una Junta de Compensación hay que tener las cosas muy muy claras, escritas y legales con la constructora.
Es mi opinión por lo que vi, puede que a otros les haya ido bien y no hayan encontrado problemas.
Saludos.
12/06/2013 10:29
hola, Juancasa. Te vas a meter en un lio, tienes que pagar la parte del porcentaje que te corresponda, segun la superficie que tengas asi tienes que pagar, si es en la comunidad de madrid para el viario o calles el 50% mas el 10% al ayuntamiento. Pero al ser en J. de compensación puedes pagar con parte del terreno que tengas, y el que decide es el mayoritario osea el que disponga del 52% del terreno. Planos y documentación en el ayuntamiento, o el que tenga la mayoria. Suerte y animo, Nota simple solo te dira si tiene alguna afección fiscal o de otra naturaleza como si entas en J.de Compen.o otra naturaleza, R. de la Propiedad pagando 3,60E y Nº de finca te la dan, (o nombre de quien esté)
13/06/2013 10:59
Juancasa. Tu no cres, que el que te lo vende no habrá intentado hablar con el A. urbanizador o promotor y obtener un acuerdo? si hubiera ganancias, como en un principio así es, pero para quien?. para el ayuntamiento y el promotor, a los pequeños hacerles sufrir, y comerles la moral. Que te lo expliquen Franciscocordon o Alga los que tanto me gustan sus opiniones.
13/06/2013 11:21
Ramiro, el amigo Juancasa ya sabe que comprando ese suelo urbanizable se estará subrrogando en los derechos y obligaciones del vendedor.

Es decir, se constituirá en uno mas de los propietarios de la unidad de ejecución.
14/06/2013 00:18
muchas gracias a todos por vuestras respuestas.Mas o menos me ha quedado claro, pero me gustaría afinar un poco mas y hacer unas preguntitas. En la nota simple dice que tiene unos costes provisionales de x euros para urbanizar.
Mis preguntas son 2.
Al poner provisionales me imaginó que estos coste podrán aumentar, y si aumentansen , ¿alguien sabe cual podría ser el motivo y como mucho cuanto podría aumentar?

La segunda pregunta es si me decido a comprar, pasaría a formar parte de la junta de compensación. Aparte de los gastos de la compra de la parcela y los gastos de urbanizar, ¿Hay algún gasto mas al que tendría que hacer frente por formar parte de la junta de compensación?.
Muchas gracias por vuestras respuestas.
14/06/2013 18:14
Las derramas o cuotas de urbanización se emiten como cantidades provisionales entregadas a cuenta de la liquidación final, la cual se calculará una vez terminadas las obras de urbanización.

No obstante, para conocer con exactitud cuales son los derechos y obligaciones deberías leerte con tranquilidad los estatutos y bases de actuación aprobados, de los que habrá copia en el ayuntamiento.