Hola,
Mi pareja, somos Pareja de Hecho, es adjudicataria de un piso del Ivima con opción a compra, y le hicieron la opción a compra recientemente. Queremos ejecutar dicha opción, pero a nombre de los dos. Le preguntamos al Ivima si podríamos ejecutar la compra y escriturar a nombre de los dos. Pero el Ivima nos despacho diciendo que se lo preguntásemos a los nuevos dueños de los pisos “AZORA” (es la empresa que ha comprado 32 edificios del IVIMA, y ahora nos vende los pisos), Esta empresa dice que cree que no es posible, ya que ella es la adjudicataria es y solo pueden vendérselo a ella.
Buscamos cualquier ley que contemple estos casos, y no encontramos nada, ni permitiéndolo ni prohibiéndolo…
¿Podría indicarnos alguien si podemos ejecutar la compra entre los dos, y en base a que se prohíben o permiten estos casos?
Como dije: “Esta empresa cree que no es posible” pero no me lo aseguran…, les llame varias veces para que me den la respuesta y continúan mirándolo… y mientras tanto el tiempo pasa…
Por eso decidí documentarme por mi parte, pero no encuentro legislación al respecto para este caso, si para la adjudicación del piso en primera instancia, pero no para la venta.
Tras no encontrar nada al respecto, y la omisión de información por parte del Ivima y de la empresa, de ahí mí consulta en este foro.
¿Sería posible que no exista legislación al respecto, y por lo tanto no hubiera problemas para la compra entre los dos?