Normalmente paga el que compra . Pidan al Notario que se encargue del registro , hay que pagar el servicio pero es más sencillo . Aunque no se registren , las participaciones serán suyas pero para que la transmisión sea oponible o dada a conocer a terceros ( por decirlo más sencillo) es necesario el registro.
Buenos días. Mañana voy a comprar el 2% de una empresa a uno de los socios. Mi pregunta es cuál es el proceso que tenemos que seguir, ya que nunca he realizado esta operativa. Por lo que tengo entendido, iremos al notario, firmaremos la compraventa en escritura pública. Posteriormente:
- ¿hay que registrarlas? ¿Quién envía al registro la escritura? ¿Si no se registran no tienen validez?
- Normalmente, ¿quien paga el notario en la compraventa, el que compra o el que vende? ¿Y el registro?
Muchas gracias por vuestra ayuda.