Buenas tardes.
¿La compra del primer móvil es una cuestión de patria potestad?
¿Puede uno de los progenitores comprar unilateralmente a su hijo el dispositivo?
Entiendo que la limitación es el criterio del otro progenitor en la semana en la que le corresponda estar con el menor sobre si le deja llevárselo a su casa o no...¿Es así?
En el convenio regulador únicamente se hace alusión a que se emplearán los teléfonos de los progenitores hasta que los menores sean lo suficientemente mayores para tener su propio móvil.
Gracias.
No hay ninguna regulación específica, así que es como si le quieres comprar una consola o un juguete de spiderman, no necesitas consentimiento del otro progenitor, aunque si no es consensuado el otro progenitor lógicamente podrá poner sus reglas cuando el menor esté con él (dejarle usarlo o no).
La compra de un móvil para un menor, al estar relacionada con su educación y bienestar, debe tomarse conjuntamente entre ambos progenitores, especialmente si el convenio regulador hace alusión a cuándo es apropiado que el menor tenga su propio dispositivo
Gracias por las respuestas.
Emplear el móvil como un dispositivo para llamar no lo encuentro potestad de ambos, otra cuestión es el acceso a redes sociales, por ejemplo. En este caso el menor no tiene mi consentimiento. Y para internet, es una opción abierta en una casa con otros dispositivos para los que no se solicita consentimiento del otro progenitor.
Entiendo que el otro pueda imponer su norma en su casa, pero no del todo que para que en la mía pueda tener localizado a mi hijo tenga que pedir consentimiento. Sí para llamarle mientras esté en su casa a este nuevo dispositivo.
El convenio alude a las llamadas entre progenitores y los hijos, no sé hasta qué punto es legal limitar la opción de tener este dispositivo con un uso razonable del mismo por parte de uno de los custodios.
Las tablets, los videojuegos, la televisión afectan directamente al desarrollo de los menores y no hay que ponerse de acuerdo en ello...de ahí mi duda.
Basta el consentimiento de uno de los dos, mientras esté con él.
Lo ideal es consensuar las cosas entre los padres, pero no hay ningún problema legal si tiene el consentimiento de uno de los progenitores.