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compra inmueble

2 Comentarios
 
Compra inmueble
16/05/2013 14:16
Hola a todos, tengo una pregunta, por favor si es posible que me contesten. Tengo un amigo, que quiere comprar algum inmueble en España. Viene desde un pais de antigua union sovetica. Primero quieria saber, si el sin tener la residencia puede comprarlo. Y el segundo, si lo compra, por tener una propiedad, puede arreglar los papeles en España. Hablamos de mas o menos 100000 euros. Muchas gracias, Saludos.
16/05/2013 18:30
Hola.

1.- Sí, puede comprar un inmueble sin ser residente en España. Con todo, debe solicitar un Número de Identidad de Extranjero (NIE), que resulta exigible a los extranjeros que por sus intereses económicos, laborales, profesionales o sociales se relaciones con España (art. 206.1 del Reglamento de la Ley de Extranjería).

NOTA.- Tener un NIE no equivale a tener una autorización de residencia en España. Es solo un número de identificación, nada más y por sí solo, nada dice respecto de la situación del extranjero en España.

Para obtener el NIE, se lo puede solicitar bien desde fuera de España, a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través del Consulado General de España acreditado en la demarcación consular de residencia de la persona, alegando el motivo para solicitarlo. O ya dentro de España, directamente a la Dirección General de la Policía, en Madrid o a través de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Es requisito fundamental, si se halla dentro de España, que la situación en el país sea legal en todo momento y se indique el motivo para solicitarlo.

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja091/index.html


http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/15-Formulario_NIE_y_certificados.pdf

2.- Actualmente, el mero hecho de ser propietario de un inmueble, no confiere automáticamente un derecho de residencia en España. Distinto sería si el inmueble fuera objeto de explotación económica y generara para el interesado rentas en España, en cuyo caso podría solicitar, si las rentas llegan a lo mínimo requerido (400 % del IPREM mensual), una autorización de residencia no lucrativa en España. En definitiva, es la propiedad más el beneficio económico que le produzca al interesado, lo que puede abrir la vía a la obtención de una autorización de residencia no lucrativa. Si tiene el dinero, lo que podría hacer es, primero, solicitar una autorización de residencia no lucrativa y luego comprar el inmueble:

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja010/index.html


Un cordial saludo.
20/05/2013 12:31
Muchas gracias, saludos