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Compra de vivienda con uso y disfrute atribuido

5 Comentarios
 
15/09/2008 13:54
pues perfecto si se llevan bien y si tiene sentido lo que han acordado.enhorabuena por la capacidad de esa pareja, no se ve todos los dias.....

pues no, no tiene nada que ver el uso atribuido.el que compre la casa puede registrarlo a su nombre pero tendra que respetar el uso y disfrute del menor.da igual si es ella, o otro comprador.
15/09/2008 08:49
Gracias por contestar a los dos.
El uso y disfrute de la casa está ya inscrito en el Registro de la Propiedad desde hace tiempo.

Existe un acuerdo entre el padre y la madre del menor para la compra por entero de la vivienda por parte de la madre. A cambio, han acordado que el padre incremente la pensión alimenticia. Este es un atípico caso de pareja divorciada que mantiene una excelente relación. Entiendo que debería de ser así en la mayoría de las separaciones y divorcios pero desgraciadamente no es así.

El padre de hecho, en un acuerdo firmado ante notario, renunciará al uso de esa casa para el caso de que el hijo se fuera a vivir con él. El padre tiene otra propiedad donde residen hijos mayores de un matrimonio anterior.

Mi pregunta es, ¿se puede inscribir el 100% de la propiedad en el Registro aunque conste un uso y disfrute?, ¿o no tiene nada que ver?
12/09/2008 22:50
perfecto,

lo de la subida de la manutencion es una posibilidad por lo mismo que dice oque, quedaria por aclarar quien ha provocado los gastos mayores. podria ser tanto ella comprandolo como el vendiendolo.es muy relativo y dependera siempre del juez.
de todos modos pienso que por ahora los dos estan actuando de buena fe y si la madre se quiere hacer cargo del domicilio a 100% tal vez hasta el padre se ofrece para pasar algo mas de la pension????
12/09/2008 21:09
En todo de acuerdo con Bianca excepto en el que la nueva situación dé como consecuencia una aumento en la pensión de alimentos, ya que es como consecuencia de una situación provocada por su hermana. Según múltiples sentencias no se puede demandar una subida o bajada de la pensión de alimentos si la nueva situación ha sido provocada por el solicitante. (Aunque imagino que habrá excepciones, como en casi todo).

Y por cierto, aunque no es obligatorio, le aconsejo que le diga a su hermana que inscriba la atribución del uso del domicilio a su hijo en el Registro de la Propiedad. Cuesta poco y en el futuro puede reportarle muchos beneficios.
12/09/2008 15:26
el juez habra puesto el hijo con uso y distrute de la casa que no es lo mismo que usofructo.
por lo que se no hace falta la autorizacion de un juez porque el uso y disfrute de la casa se queda con el hijo.
las ventajas que tendra son fiscales, osea que ella podra deducir mas gastos que antes.
posteriormente puede que la nueva situacion dara pie a una modificacion de medidas en lo que se refiere la pension de alimentos ya que los gastos de ella seran mucho mayores que antes.
tambien gabe la posibilidad que en un futuro se cambia la custodia.......entonces en este caso sera el hijo y el padre que viva en la casa y ella la que paga.puramente teorico!!
Compra de vivienda con uso y disfrute atribuido
12/09/2008 13:50
A quien me pueda guiar:
Mi hermana tiene una casa a medias con su ex pareja. Cada uno tiene en propiedad el 50%, y así consta en el registro. La casa ha sido atribuida al hijo de ambos de 5 años que vive con mi hermana. Ella quiere comprar el 100% de la propiedad. El está de acuerdo. ¿Hay que solicitar autorización al juez de familia que designó como usufructuario al niño?, ¿si ella compra el 50% de él, tributa y conlleva los mismos gastos que una compra de vivienda ordinaria, o tiene alguna ventaja ser también propietaria del bien que se pretende adquirir por entero?.

Gracias