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Compra de Vivienda a nombre de un hijo que pagan los padres

5 Comentarios
 
Compra de vivienda a nombre de un hijo que pagan los padres
15/11/2011 14:03
Hola, mi consulta es la siguiente: Unos padres tienen un dinero ahorrado y han pensado en comprar una vivienda pero ponerla a nombre de su único hijo para que el día de mañana pague lo menos posible en el impuesto de sucesiones, para que no consideren la operación una donación han pensado en hacerle un prestamo al hijo sin intereses, mi duda es si esta operación le puede crear algún problema al hijo en su declaración del IRPF. Gracias
15/11/2011 16:27
Creo que seria mas conveniente que el interes fuera el de mercado de esta forma el hijo esta comprando una vivienda y la paga con financiacion ajena que no tiene xq ser un banco.Los padres declararian capital mobiliario.
15/11/2011 23:21
Se puede hacer un contrato privado de préstamo entre familiares, que está exento de impuestos; hay que registrarlo (es gratuito) en la oficina liquidadora del ITP rellenando el impreso correspondiente. En ese contrato, sin intereses, debe constar cómo se devolverá el dinero y el plazo. Esto es para evitar que Hacienda pueda considerar que se trata de una donación; por ello, no conviene que el plazo sea demasiado grande. La devolución pueden hacerla los hijos mediante ingreso bancario (cada tres o seis meses para minorar el papeleo) en la cuenta del padre para el caso de una hipotética –creo que es una remota posibilidad– inspección de Hacienda.
16/11/2011 09:31
Gracias por las contestaciones, pero me gustaria que me aclaraséis cuando comentáis que no conviene un plazo demasiado largo cual sería el plazo máximo que vosotros estimáis.
16/11/2011 16:19
Existen bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para casos como este en diversas Comunidades Autónomas,
www.asesorum.es/fiscal
08/12/2011 17:37
El plazo depende de la posibilidad real que tiene el hijo de devolver el dinero recibido en ptréstamo. Porejemplo, si gana mil euros mensuales es obvio que no puede pagar seiscientos cada mes a sus padres, pues ¿de qué vivirísa. Es cuestión de aplicar el sentido común. De cualquier modo, transcurridos cuatro años de la entrega de los padres el hipotético impuesto sobre donaciones prescribe.