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Compra de una parcela legalmente. 1/3

5 Comentarios
 
Compra de una parcela legalmente. 1/3
21/01/2011 12:02

Buenas,
He leído parte de los post más contestados, sobretodos lo que están relacionados con GPOU, calificación de terrero y problemas subyacentes en las que se pueden encontrar terrenos y propiedades derivadas de las distintas situaciones en las que se pueden encontrar.
Mi finalidad es ardua y dantesca (al menos para mí): comprar una parcela con o sin inmueble, para poder construir (si no lo tiene) y vivir en ella dentro de la legalidad, si evidentemente el bolsillo lo permite.
Claro, que después de leer el foro, a uno se le abren las carnes hasta decir basta. Y es por eso que solicito la ayuda y opinión de aquellas personas que puedan echarme una mano sobre una serie de conceptos, que tengo difusos.
CLASIFICACIÓN DEL TERRENO.
Suelo Urbano.
- Consolidado. Apto para construir.
- No consolidado. Habría que ver qué tipo de carencia tiene el terreno (p.e. alcantarillado, pavimentación, etc), que una vez subsanado no debería de tener problemas para que se convirtiera de consolidado.
Urbanizable.
Terreno que en un futuro podría ser Urbano (y por lo tanto construir en él en el futuro), que de más cercano a urbano a menos, se podría ordenar:
- Ordenado. Integrado en el sector, y que tendrá que ser en un futuro desarrollado por una PGOU.
- Sectorizado. Idóneos para que un futuro se fijen las condiciones necesarias para ser urbano en PGOU (p.e. Entregar suelo para carretera, zonas verdes, costear la urbanización, etc),
- No sectorizado. Suelo no integrado,
No urbanizable.
- Rustico. NO SE PUEDE CONTRUIR, NI MONTAR CASA MOVIL, NI DE MADERA NI DE CORCHO, NI AUTOCARAVANA, NI TIENDA DE CAMPAÑA, salvo que se dedique a un edificio permitido a un destino agrícola, forestal o ganadero atendiendo a las ordenanzas locales.
- De especial protección. NO SE PUEDE HACER NADA EN EL TERRENO.

Conclusiones.

La parcela que busque tendrá que tener la clasificación de Urbano consolidado, ya sea para construir en ella o para que la casa que tuviese fuese legal.

En caso de ser Urbano no consolidado requeriría una mejora de las instalaciones de la urbanización.

Y si es urbanizable, mínimo que se apruebe una PGOU donde se establezca un cambio de la clasificación atendiendo a un plan de desarrollo.

¿Me equivoco mucho mucho?

Un saludo.
perfil veo
21/01/2011 12:43
¿no le parece algo exagerado?
en la última década se han construido en España 800.000 viviendas cada año. Eso sí que es para que a uno se le abran las carnes, y así estamos. Se ha hecho con las mismas leyes, lo que demuestra que construir es posible, que la legislación no es un obstáculo sino una guía.

en lo demás, no es exactamente así, pero se parece

en suelo urbano consolidado, presenta usted un proyecto adaptado a la normativa y obtiene licencia

en suelo urbano no consolidado, lo previsto como fin es que se delimiten polígonos, que en su desarrollo conllevará ejecución de infraestructuras y equidistribución de cargas y beneficios (reparcelación, al caso), aunque puede que en determinadas zonas sea suficiente con completar las infraestructuras y ceder el 10% del aprovechamiento lucrativo

el suelo urbanizable, más o menos parecido al suelo urbano no consolidado y delimitado por polígonos, pero algo más complejo, a través de un plan parcial o de un plan de sectorización, según el caso
21/01/2011 13:41
Buenas veo,

Ante que nada gracias por contestar.

Quiero comprarme una parcela con una casa, o parcela para poder construir, y vivir tranquilo.

Si compro una parcela catalogada como urbanizable, ¿podré construir?.

Si compro una parcela con inmueble catalogada de cualquier otra forma que no sea urbana (¿podré pedir hipoteca?).

Vamos, que no es que quiera ser exagerado, pero sencillamente quiero incurrir a una situación que me lleve a gastarme los ahorros de media vida, para después no poder vivir por cualquier irregularidad que pueda comter.

Como antes le he dicho, gracias y estoy abierto a todo tipo de sugerencias.

Un saludo.
21/01/2011 13:54
En resumen.

Puede construirse sin más (con licencia ayuntamiento, visado colegio arquitectos, etc.) en suelo urbano consolidado.

En urbano no consolidado, y urbanizable delimitado, han de actuar conjuntamente los propietarios que representen una superficie del terreno del ámbito de más del 50% que marque el PGOU como tal y cumplir los requisitos: cesiones, gastos urbanización, etc.

En urbanizable no delimitado primero hay que delimitarlo, luego como caso anterior.

en rústico, algunas autonomías permiten, bajo ciertos supuestos construir (cada vez más difícil).
21/01/2011 13:56
Y como añadido:

En no consolidado, pero sobre todo en urbanizable, los trámites (plan parcial, plan urbanización, etc.) consume unos tiempos de unos 5 años o más, sólo los trámites legales. Luego las obras de viales, y luego una vez lo recepciona y conformidad del Auyto. a edificar.
perfil veo
21/01/2011 17:59
si lo que quiere es construir, elija la parcela y pregunte en el ayuntamiento si puede construir y en qué condiciones

si lo que quiere es comprar algo construido:
- no se preocupe inicialmente por la clasificación del suelo
- mire si está escriturada y registrada
- vaya al ayuntamiento y que le digan si está en regla o, si está fuera de ordenación, qué previsiones tiene el ayuntamiento, porque incluso fuera de ordenación puede conservarla y usarla como está, aunque no puede ampliarla o hacer grandes mejoras