Hola:
Si la venta está permitida, me refiero de que no hay restricciones a la transmisión, el precio se puede poner el acordeis, y la forma de pago igual.
La única pega pudiera surgir respecto de la entidad financiera titular crédito hipotecario, en cuanto pudiera ser que además de la sociedad, sean deudores otras personas, socios normalmente, que no acceda a novar su préstamo o crédito. Si la única deudora es la sociedad, estimo que no debe haber problemas, dado que no existe cambio en la persona deudora.
Suerte.
¿Es posible adquirir una SL, mediante la compra de participaciones, pagando a los propietarios de las mismas con el importe correspondiente a la hipoteca de un local que figura en el balance de dicha Sociedad? ( Las firmas de las correspondientes escrituras se realizarían en el mismo acto notarial). ¿Se podría llegar a considerar esta operación como "asistencia financiera"?.