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Compra de S.L.

2 Comentarios
 
14/07/2009 18:23
Hola xurdum, yo de ti tendría cuidado, ya que si el valor de los inmuebles es más del 50% del activo de la sociedad, y tu adquieres más del 50% de las participaciones de la sociedad, entonces debes tributar por ITP por la compra de la nave.
Para tenerlo mas claro mira la Ley del Mercado de Valores, artículo 108.
Una solución puede ser que si estás casado tu compres el 50% de la sociedad y tu mujer el otro 50%. Un saludo.
14/07/2009 09:28
Efectivamente, tributaría por AJD.
Compra de s.l.
13/07/2009 14:24
Buenos días, en breve me haré con el 100% de las participaciones de una SLL que tiene en su patrimonio una nave. En base al art. 108 de la Ley del Mercado de Valores ¿estaría libre la operación de tributar por transmisiones patrimoniales e IVA? Imagino que actos jurídicos documentados si es obligatorio. Gracias y un saludo