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Compra de piso que es renta antigua

4 Comentarios
 
Compra de piso que es renta antigua
12/12/2020 15:49
Hola buenas tardes mi consulta es la siguiente, mi madre lleva residiendo en su domicilio unos 50 años con un contrato de alquiler indefinido y de renta antigua pagando unos 100 € aproximadamente.
Hace muy poco un ex trabajador de la gestoria que lleva el piso hablo con mi madre y le comento que investigara un poco porque la gestoria había comprado el piso sin decirle nada a mi madre primero ya que al ser de renta antigua en caso de venta mi madre debía ser la primera en tener esa opción y que podía salirle gratis.
Mi madre al poco hablo con el responsable de la gestoria y el mismo le transmitió que si quería comprarlo lo podía hacer por 9000€ (actualmente se están vendiendo en 240.000 o 300.000 € )
Es cierto que si la gestoria ha comprado la vivienda pasando por encima de mi madre podría dar pie a que la vivienda le saliera gratis?
En caso de no ser así, a la hora de comprarlo como se tendría que valorar el importe a pagar actualmente?
Gracias por adelantado y un saludo
12/12/2020 22:32
Gratis no, hay que capitalizar la renta.

Caben dos opciones:

El artículo 48.2 LAU/94 fija el derecho de retracto durante 60 días naturales desde el día siguiente a la notificación de la venta.

La STS de 15 de enero de 2009 reconoce la vigencia del artículo 53 de la LAU 1964 (ex DT 2ª LAU/94) y el inquilino puede impugnar la venta si se excede el precio: no podrá superar la capitalización de la renta anual a los siguientes tipos:

3%...................Vivienda ocupada por primera vez antes de 1/01/1942
4,5%................Vivienda ocupada con posterioridad a esa fecha.

Salvo cuando el precio del terreno en el caso de vivienda independiente sea superior al precio de lo edificado, entonces no cabe impugnación.

Dado el alto valor de los intereses en juego, le recomiendo que acuda a un abogado.
13/12/2020 09:13
Hoplon
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon y me permito añadir que creo que seria bueno que nos dijera la fecha exacta de ese contrato, vaya a ser que sea posterior a 1985 y no sea de renta antigua.
13/12/2020 10:35
Si el contrato tiene, como dice el consultante, unos cincuenta años en 2020, deberá ser de circa 1970, pero sería bueno que nos aclarase la duda de forma concluyente.
13/12/2020 10:37
En mi primera respuesta hay una falta de ortografía, obviamente, cuando me refiero al art. 48, debe ser de la LAU del 64.