Quisiera plantearos una situación, algo sorprendente, que se ha dado en mi comunidad de vecinos.
El pasado mes de febrero decidimos, al fin, librarnos del administrador que el promotor nos coló con calzador (luego resultó que no estaba colegiado ni tenía formación), ... y al nuevo administrador se lé dió un tiempo prudencial para que éste auditase las cuentas, y tuviese los datos de todos los propietarios, afín de poderles enviar la información necesaria para la convocatoria de la "su primera" junta extraordinaria.
Pues bien, pasan los días, y me llega a mi casa una carta con mis supuestos datos, que eran erroneos, y me desplazo al despacho del administrador para corregir dichos datos.
Hasta ahora, nada raro, todo correcto.
Lo bueno empieza cuando le digo al ayundante del administrador que soy vocal de dicha comunidad, y le pregunto acerca de las mejoras que se han de llevar a cabo, y hablo de mejoras que se trataron y aprobaron en la junta en la se despidió al anterior administrador.
El ayundante me dice que aún es pronto, aunque lo si se va a hacer es colocar 5 banco en la comunidad, que ya se hán pedido, y que el coste asciende a 1800€. Ante tal gasto, le pregunto que quién ha aprobado ese gasto, y el me dice que ha sido el Presidente, de motu propio, y sin consultar al menos con la junta directiva, el que ha decido comprarlos por que en otras juntas, según él, la gente le ha pedido bancos para sentarse (yo le pedí un sistema antical para la comunidad).
Ante esta siotuación en la que me quedo alucinado e indignado con la actitud del Presidente, hablo con éste y me dice que "aunque no se ha aprobado en ninguna junta, ... que como la gente lo ha pedido ...", a lo que le digo que, me parece una pasada gastarse tal capital, cuando en la comunidad hay cosas más importantes que hacer.
Al final, pasa el tiempo, llega otra junta extraordinaria, y tan solo al final y por insistencia, el presidente dice que se han comprado dichos bancos y que se van a colocar, ya que "ya no se pueden devolver".
Mi pregunta es la siguiente: la comunidad, y tras el primer año de funcionamiento, tiene un remanente de caja que posibilitala compra de dichos bancos, aunque prácticamente se la pule. Al tratarse de un gasto extraordinario, no aprobado en junta, y de dudosa utilidad (al menos se podría haber esperado a arreglar cosas mas importantes), ¿puedo solicitar que dicho gasto se page mediante un recibo extraordinario, y que lo page quien quiera tras ser aprobado en junta? ... digo esto por que, los presupuestos se hacen para cubrir unos gastos "ordinarios", además de las posibles reparaciones que puedan surgir, y no para sufragar un gasto extraordinario para la comprar de un bien "no indispensable".
¿Qué pasaría si, el presidente decide poner marmol en todos los portales, cuando en un principio no lo hay? ... creo que no estoy obligado a pagar tal gasto, ¿no?, aunque lo apruebe la junta. Pues lo mismo que con los bancos, ... ¿no?.
¿Qué fundamentación legal tengo para paralizar la colocación y pago de dichos bancos, tal y como se está haciendo?