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Compra de casa afectada como zona verde

9 Comentarios
 
Compra de casa afectada como zona verde
24/09/2009 12:01
Hola..les expongo mi tema: REsulta que estoy interesado en comprar una casa cuyo suelo me indican k está cualificado como zona 6b parque y jardines urbanos de nueva creación. La casa está en una montañita cerca del mar, y afectada o no el caso es que el ayuntamiento lleva años queriendo quedarse con ella (el ayuntamiento está junto en frente).la casa estaba de juicios por herencia,y llevaba asi 15 años,cerrada,porlo que está deteriorándose poco a poco,cosa ke el ayuntamiento quiere para declararla en ruinas y quedarsela o gratis o por muy bajo precio,ya que en su dia quería expropiarla pero no queria pagar el precio real,sino negociarlo con los propietarios, cosa que no aceptaron.El caso es que me están poniéndo muchisimas pegas para obtener informació,sumado a que no para de intentar desalentarme con la compra,las últimas palabras son que no me dejarán hacer nada,no me darán permisos para hacer ni la instalación electrica nueva.La casa sólo permite realizar obras de mantenimiento y conservación ,¿podría rehabilitar la casa manteniendo la estructura?, me dicen que si, pero uqe si es hacer algo nuevo no, como es el caso de tuberias e instalación electrica, ademas me dicen que la vida util establecida por ley es de 100 años y que la casa se va devaluando hasta esos 100 años.Yo he pedido un certificado de aprovechamiento urbano, me dien ke estará vacio pq no hay aprovechamiento que valga, dicen (de palabra) que es zona verde no incluida en ningun poligono ni plano de actuación,que está fuera de ordenacion(por eso no me darian permisos para el alta de agua ni luz).Podría contar muchas más cosas pero serí aalargar más aun el tema, si me responden pudo aportar más info.Saludos y gracias
24/09/2009 16:58
Esa casa estará en situación de fuera de ordenación, si fuese así solo podrás realizar obras de conservación, no así de reforma o ampliación.

Pide por escrito en el ayuntamiento la cédula urbanística de esa casa y terreno.
24/09/2009 17:16
Hola Alga, antetodo gracias por respnder...efectivamente está fuera de ordenación, y sabes que sólo podemos realizar obras de conservacion y mantenimient, pero tengo algunas preguntas:
-Entraría como conserv/mto el arreglar las fachada (tiene grietas etc..está en mal estado pero no en ruinas ni similar).
-Si la casa lleva cerrada 15 años,no tiene luz ni agua, y la instalación electrica y tuberias están en mal estado, ¿daría permiso el ayuntamiento para darlos de alta ?(de palabra me dicen que no pq sería hacerlo nuevo y no es conserv/mto pero entiendo que es un derecho el agua y la luz)
-¿Es cierto que una casa fuera de ordenacion y con las limitaciones que comentas de conser/mto tiene una vida util de 100 años y más allá su devaluación es del 100% en caso de expropiación?
-para asustarme me dicen k está declarada en ruinas,es falso,se retractan(de palabra)¿si comprase la casa podrian declararla en ruinas antes de solicitar un permisos de obras para arreglarla ?
-Y por último, ¿visto el interes del ayuntamiento por la casa, podría alargar éste el periodo de entrega del permiso de obras por los motivos que considerase oportunos (podría alegar mil cosas,el ayuntamiento tiene poder)?..


alga, si necesitas saber por la calula urb si la cnstrucción el legal, te comento que sí, aparece en el registro de la prop, existen planos y aparece en planos etc..

Nosotros lo que queremos saber son los riesgos de comprar la casa, sus limitaciones y posibilidades...y en caso de expropiación (la quieren expropiar pero sin pagar, o pagando nada y menos) no quedarno sin nada.

un saludo y de nuevo gracias por tu tiempo
24/09/2009 17:18
Ya pero creo que és más importante entender que la casa se va a derribar algun dia, cuando se creará la zona verde. ¿O me equivoco alga, y NO es algo inevitable?
24/09/2009 18:10
Hola de nuevo...una pregunta más..entiendo que se puede declarar fuera de ordenación un terreno con casa o sin para hacer carreteras, o un parque etc...pero se puede declarar fuera de ordenación para zona vede cuando no se puede hacer nada? de hecho la mitad de la montaña creo k es de endesa, y por debajo pasa el tren..intentaron expropiarlo hace unos años y perdieron el juicio pagando costas...y hace 15 años k kieren este terreno de la casa...supongo que para dejarla como una que hay al lado, que simplemnte han talado todos los arboles y han plantado cesped...toda verdecita..pero sin posible uso para el ciudadano..supongo k kieren hacer lo mismo en esta montaña de la casa...lo qeu no entiendo es que no aporta nada a los ciudadanos,sólo estética...¿la pueden quitar sólo por este motivo?..entiendo que si,pq el ayuntamiento dice algo y va a misa, hayan casa o lo que sea..pero creo que debería estar más justificado,pq no veo beneficio alguno para los ciudadanos que justifique la accion de declarar una vivienda fuera de ordenación..pero claro , es muy humilde opinion..
Por cierto, al declararla fuera de ordenación por zona verde, ¿debe haber un plan elaborado para esa zona por ley?...es decir, si es zona verde, deberia haber un proyecto para la zona afectada? o bien la declaran afectada y ya está..de cara a futuras acciones...gracias y siento el sermon :-)
25/09/2009 11:21
jjimenpo,

No te esfuerces con las subjetivas explicaciones que das, carecen de valor.

Declarar un edificio fuera de ordenación se hace desde el PGOU del municipio. Dejar sin efecto esa declaración únicamente se puede hacer con una modificación puntual de dicho plan o cuando se revise el PGOU vigente.

Si puedo decirte que una modificación puntual significaría debería tramitarse par hacer desaparecer las zonas verdes previstas y con ello quedarían desafectados los edificios incluídos en esa área. Sin embargo tambien puedo decirte que esa modificación la debe autorizar la CCAA, ha de ser motivada y debe localizarse y afectarse otra zona del municipio con la misma finalidad y con una superficie similar.

Como puedes comprender, esas modificaciones únicamente se tramitan por razones de interés general debídamente justificadas, nunca en interés de un particular.

Con ello lo que quiero darte a entender es que si yo estuviese en tu lugar me olvidaría de comprar esa casa.

Como ya te he indicado, para mayor seguridad, solicita por escrito en el ayuntamiento la cédula urbanística del terreno y de la casa, lo que en ella se especifique vinculará al ayuntamiento y a la propiedad.

25/09/2009 13:04
Gracias Alga, la verdad es que empieza a perder las esperanzas sobre esta casa, una pena pero... es lo que hay :-).... muy amable y gracias por tu ayuda..un saludo
25/09/2009 23:08
Quería intervenir para ratificar la opinión de alga en el sentido que es mejor no comprar esta casa ya que en definitiva esta afectada de zona verde y seguramente, si no esta incluida en un sector, polígono, unidad de actuación... hasta el propietario estaría facultado para pedir su expropiación.
Además, no le hagamos responsable de tdo al Ayuntamiento ya que en definitiva quién no ha mantenido la casa en condiciones es el propietarios, sino hoy no se encontraria en esta situación.
Buscate una casa ajustada a la normativa y duerme con la consciencia tranquila ya que este tipo de adquisiciones son problemas y más problemas.
27/09/2009 19:31
Hola Cicero, graicas por tu aportacion...pregunté al arquitecto del ayuntamiento si estaba incluida en algún poligono de actuación o accion de mejora urbana, y me dijeron que no...yo pensaba que una zona verde debéría estar dentro del algún tipo de clasificación como lo que me has mencionado...pero por lo que comentas, existe la opcion que sea zona verde sin más (me lo puedes confirmar?), y en caso de vivienda afectada, o te la expropian, o bien la mantienes hasta que caiga...que debe ser el caso, y como bien dices, no han sido muy listos y han dejado que se deteriore no siendo posible hacer preacticamente nada...Gracias!!

27/09/2009 19:46
Si, exactamente, una finca puede ser afectada por el Pla general correspondiente de zona verde sin necesidad de incluirla dentro de ningún sector urbanistico. En este supuesto la ley establece un procedimiento denominado expropiación por ministerio de la ley y en el cual a partir de los cinco años el propietario puede advertir al Ayuntamiento de su intención de iniciar la expropiación y trascurrido uno o dos años según comunidades autónomas sin recibir respuesta se puede presentar la hoka de apreció y acabar, si procede, ante el Jurado de expropiación correspondiente. En definitiva al propietario nunca se le deja indefinidamente con una finca afectada sino que a partir de un momento se puede pedir su expropiación.