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Compra de acciones tras la jubilación de un socio.

2 Comentarios
 
Compra de acciones tras la jubilación de un socio.
08/05/2017 07:24
Buenos dias,
Me han ofrecido comprar el 34% de acciones de mi empresa que es una sociedad Limitada por jubilación de un socio.
El otro socio tiene el resto de las acciones y es administrador unico.
Tengo dos dudas.
La primera es si el socio mayoritario puede hacer todo lo que quiera sin consultar o sin contar conmigo puesto que tiene la mayoria (ahora lo esta haciendo como subirse el sueldo, pagar facturas suyas como si fueran de la empresa, etc..)
La segunda es que no se la responsabilidad legal que tendria yo en caso de que la empresa quebrase. Ahora mismo tiene perdidas (pero parece que va mejorando) pero si termina cerrando y no hay dinero para pagar a proveedores y trabajadores tendria que poner dinero de mi bolsillo o podrian ir a por mi patrimonio??
Muchas gracias.
08/05/2017 17:37
Nruize1980
De acuerdo a la ley de sociedad posee el Poder para decidir precisamente porque es dueño de la mayoría de acciones, sin embargo, esto solo será respecto aquello que está vinculado exclusivamente a sus acciones, puesto que las otras acciones que corresponden al 34% deberán ser analizadas en acuerdo societario, y que allí pueden decidir sobre la sociedad, y sino sus actos son ilícitos, y que el aporte a la sociedad es precisamente para poder compartir las decisiones y que si se genera responsabilidades usted debería primero revisar su reglamento, en el reglamento de una sociedad que es uno de los requisitos de constitución se establece los primeros procedimientos ante el incumplimiento funcional de los socios - esa la primera salida, y realmente como son sociedad, necesariamente las responsabilidades producen consecuencias entre ellas las de procesar a los socios ya que sus acciones societarias como actividad de la organización es ahora responsabilidad de todos.
09/05/2017 10:01
Nruize1980
El socio mayoritario es el administrador unico de la empresa. Por lo que he leido en algun sitio en caso de ir a por alguien seria a por su patrimonio y no a por el mio no??