Es una aclaración que se ha alargado a partir del primer comentario de Pepe, habría que preguntarle a él el por qué de ese comentario ante una cuestión que nada tiene que ver
Un saludo
Quisiera saber qué tiene que ver ese largo discurso con la cuestión planteada.
Psra explicarnos todo eso y que podamos responderte, sería mejor que abrieras otro hilo.
Vuelvo a decir que la operación de compraventa de la vivienda es entre particulares porque particulares son el comprador y el vendedor.
La intervencion de la inmobiliaria constituye otra operación distinta (sea quien sea el que la pague), por eso en su factura tiene que repercutir el IVA, impuesto que no se da cuando las dos partes son particulares.
De igual manera intervendrá un notario pero su intervención constituye otra operación diferente a la compraventa.
Todo ese discurso sobre quién tiene que pagar sólo surve para difucultar la comprensión de la cuestión planteada, por lo que es aconsejable ignorarlo.
Creo que desconoces el trabajo de las agencias, porque si no, no escribirías lo que escribes. En primer lugar, ante la alta competencia, cada vez hay más servicios que se ofrecen como son los cambios de suministros (evidentemente no la ofrecen todas pero sí muchas). No sólo consiste en que venga el que busca inmuebles y contestar, si sólo fuera eso se les contestaría y se miraría sola y exclusivamente por los intereses del propietario (contrato totalmente protector hacia él, los cambios de suministros no se harían, no se atendería al arrendatario/comprador en post venta o arrendamiento, etc)
Según stc de la sala de lo civil del TS de 24 de mayo de 2014, las agencias con independencia de la efectividad de la venta, considera que tienen derecho a percibir honorarios cuando ésta ha posibilitado el buen fin de la misma, o lo que es lo mismo, cuando pone al comprador y vendedor de acuerdo en el objeto y precio, y dicha operación es posible hacerla, por tanto, ha hecho un trabajo hacia las dos partes
Pero vuelvo a repetir, si entras a un sitio en el que sabes que vas a tener que pagar por un servicio, debes pagar y si no, que es como haces, con todo el derecho del mundo, hazlo tú mismo
En su caso existen dos operaciones distintas, una entre particulares que es el propio acto de compraventa en notaría y otro entre el vendedor y la agencia que es entre particular y profesional
De ante mano gracias por las repuestas , pero al ser tan completas me puede generar duda de lo que realmente quiero saber , que es, si es una operacion entre particulares, o al intervenir la inmobiliaria puede ser particular y profesional?
Los servicios de la inmobiliaria los paga el vendedor en este caso , que creo que deberia ser siempre lo normal ya que los contrata el
De ante mano gracias por las repuestas , pero al ser tan completas me puede generar duda de lo que realmente quiero saber , que es, si es una operacion entre particulares, o al intervenir la inmobiliaria puede ser particular y profesional?
Los servicios de la inmobiliaria los paga el vendedor en este caso , que creo que deberia ser siempre lo normal ya que los contrata el
MAYUSCULAS PARA CONTESTAR
Las agencias NO realizan un servicio a ambas partes, comprador y vendedor; arrendador y arrendatario. Uno encarga la venta o arriendo de un inmueble y el otro NO encarga la búsqueda, asesoramiento y gestiones para encontrar inmueble, SIMPLEMENTE PREGUNTAN POR UN ANUNCIO. A ambos se le presta un servicio de redacción de contrato (PROPIETARIO), cambios de suministros(LAS INMOBILIARIAS NO LO HACEN), CEE (PROPIETARIO), negociaciones entre las partes, etc.
Por supuesto, si un comprador/inquilino encarga la búsqueda de una vivienda, debe pagar ese trabajo. Lo lógico es (debería ser lo legal) que los servicios de la inmobiliaria los pague el que los contrata, de hecho es así en los alquileres cuando el arrendador es persona jurídica (los legisladores se quedaron cortos).
Y, por supuesto también, el hecho de que no sea lógico, no significa que el posible comprador/ inquilino pueda escaquearse de pagar, si no le gusta (como es mi caso), que compre o alquile a un particular.
Las agencias realizan un servicio a ambas partes, comprador y vendedor; arrendador y arrendatario. Uno encarga la venta o arriendo de un inmueble y el otro encarga la búsqueda, asesoramiento y gestiones para encontrar inmueble. A ambos se le presta un servicio de redacción de contrato, cambios de suministros, CEE, negociaciones entre las partes, etc.
Evidentemente cada cual es libre de acudir o no a una agencia y ésta tiene obligación de tener expuestos, en escaparates y anuncios, sus honorarios y a quienes los cobran.
Es curioso también que haya gente que sabiendo a dónde acuden, vayan con la picaresca de no querer pagar dichos servicios alegando que a él no le están haciendo ninguno, y no digo que éste sea el caso sino que los hay y muchos
Cada cual es libre de acudir a una agencia o no pero no me parece correcto que la gente se escude en este tipo de cosas para no pagar algo que sabían que tenían que pagar
Efectivamente, es una operación entre particulares. Otra cosa es quien le paga la comisión al intermediario.
Este mundillo de los intermediarios inmobiliarios es muy curioso, el vendedor solicita al gestor inmobiliario un servicio, que venda el piso, y entre los dos acuerdan que los honorarios de ese servicio los pague ..... el comprador.
Sucede igual cuando se alquila una vivienda, el propietario no quiere molestarse, pide a la agencia inmobiliaria que le haga el trabajo, y acuerdan que los honorarios los pague el inquilino.
Si el comprador y el vendedor son particulares, la operación es entre particulares. Da igual que intervenga una inmobiliaria; también intervendrá un notario, por ejemplo.
Buenos dias , alguien me puede decir si al comprar una vivienda en la que interviene inmobiliaria se considera entre particular y profesional o entre particulares, la duda es porque yo la compra la hago al otro particular y es el otro el que tiene que pagarle una comison a la inmobiliaria
saludos