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compra casa sin registrar

12 Comentarios
 
Compra casa sin registrar
24/11/2010 23:18
Hola: Me ha surgido la oportunidad de mi vida, para comprar una casa con terreno. el problema es que está sin registrar. Me dicen en la inmobiliaria que hay 2 opciones: a través de certificación de obra nueva, lo que supone un importante gasto, o por el contrario que el vendedor incopore la casa-finca al régimen de gananciales, la inscriba y despues la venda. O que me la dé a mi, yo la inscriba y luego yo la aporte a la sociedad de gananciales. ¿ es así? Habria que pagar doblemente notario e impuesto de transmisiones. Agradezco la respuesta. Un saludo
perfil veo
25/11/2010 00:12
de lo leído, la declaración de obra nueva será lo adecuado y, además, lo más barato

por supuesto que hay dos escrituras, lo que significa dos veces el notario y dos inscripciones registrales, aunque una de ellas, la declaración de obra nueva, será solo por el valor de construcción (menor que el valor de venta)

transmisiones solo por la compraventa
la declaración de obra nueva paga actos jurídicos documentados, el 1% de ese valor de construcción
25/11/2010 00:28
Hola de nuevo: En la Inmobiliaria me dicen que la declaración de obra nueva, teniendo en cuenta que la casa no tiene planos, es además de caro, bastante largo.

La 2ªopción, ¿es correcta? que el vendedor, cuya finca-casa es un bien privativo, la incopore a la sociedad de gananciales, registre y luego venda?? o por el contrario que me la venda a mi y que acto seguido yo la incorpore a la sociedad de gananciales y así pueda registrarla???. El impuesto de transmisiones SOLO ES EN LA ¿sólo sería pago doble de notaria y registro pero ningún impuesto a mayores?

muchas graCIAS
perfil veo
25/11/2010 00:29
¿cuántos años tiene la casa?
25/11/2010 00:30
28
perfil veo
25/11/2010 00:38
que los vendedores vayan al notario y que les explique cómo hacer la declaración de obra nueva ... y de paso que vaya también el de la inmobiliaria, para que se entere de una vez, porque es vergonzoso que en este país quien vende inmuebles sabe de su tema menos que quien despacha entradas en un multicine

lo adecuado es que la declaración de obra nueva sea hecha, y pagada, por los vendedores ... y cuesta muy poco dinero, en total aproximadamente el 1% de lo que a ti te cobrarán por la compraventa
25/11/2010 14:19
¿la finca,es decir la casa con terreno?,ha surgido de alguna concentración parcelaria?, porque si es así !cuidado!.
De todas las formas, creo que sin registrar una propiedad no se puede vender,,,,pero no saben la cantidad de casos raros que ocurren en este pais.
Por favor, comentenme si esta finca ha surgido de alguna concentración parcelaria, o nó. Gracias.
25/11/2010 16:06
No hay planos? y licencia? tiene?

Cuidadinnnn
perfil veo
25/11/2010 16:27
si la casa tiene 28 años, si tiene los servicios esenciales, si desde entonces, o al menos desde hace bastantes años, está de alta en catastro como vivienda ... no tiene problema, aunque conviene que los vendedores hagan la declaración de obra nueva, para lo que, en principio, necesitarán:
- certificación catastral, incluyendo parcela y casa, y que convendría que indicase desde cuándo está la casa de alta
- informe municipal según el que no está en área especialmente protegida y que no hay activo expediente de infracción urbanística
- certificación de técnico competente, descriptiva de la casa (usos y superficies) de su solidez, de sus instalaciones básicas y de su antigüedad. A mayores, es conveniente aunque no obligatorio, un plano de distribución y un presupuesto de ejecución material (puede indicarse cualquiera mayor que el que consta como valor de la construcción en el recibo del IBI).
- por supuesto, escritura de propiedad de la parcela
25/11/2010 19:11
Ojo. Para inmatricular una casa (inscribirla en el registro) se puede hacer por dos vías, acta de notoriedad, con dos escrituras pública o via judicial. Lo que exponeis de obra nueva estudialo bien porque la normativa constructiva actual no se parece en nada la de hace 28 años y cuando presentes planos al Ayuntamiento tendrás que cambiar toda la casa si no es así no te darán el permiso de primera ocupación. Mira primero la posibilidad de inmatricularla como está.
26/11/2010 18:55
mapica,cuidadito, te lo digo porque nosotros hemos comprado una finca( terreno y casa), la casa tiene más de 7o años según certificación del ayto, y después de escriturar sin cargas,registrar y pagar todo lo pagable,ahora nos vemos metidos en un problema por parte del vendedor, y es que la casa figura también en otro nº de finca independiente anterior a la concentración parcelaria y esta casa está embargada al vendedor por un banco, a nosotros este problema no nos atañe, pero resulta que nos vemos en medio de este lio y ahora a visitar al notario,al registrador al abogado sin tener porqué, con lo cual un consejo, sino está muy claro OJO,OJO,OJO.
27/11/2010 13:35
Le comento:

Primero, como esta la finca en el Registro de la Propiedad? Tiene usted nota simple que diga que la finca no esta inscrita o que aparece a nombre de alguien inscrita en el REgistro hace muchos años?

Si el caso es que esta inscrita, la única solución es un EXPEDIENTE DE DOMINIO de Reanudación del Tracto, que conllevaría buscarse un buen abogado y que tire para adelante, pero, siempre y cuando este roto el tracto entre el titular registral y el titular actual o vendedor. Gastos, pues los del abogado, los del procurador, el impuesto de Transmisiones (7%), pero claro, por esta vía si necesitas hipoteca, pues tendrías varios problemas para que te la dieran, y claro, el precio de la vivienda lógicamente no sería el mismo que si fuera un caso normal.

2º posibillidad: que el registro de nota negativa haciendo constar que la finca no figura inscrita, pues tendrías que hacer dos títulos traslativos (herencia y Aportación a la sociedad conyugal), Compraventa y aportación, etc.. varias las posibilidades y depende de la situación del vendedor: Pongamos que puedes hacer Herencia, pues nada, la Herecnia es cosa de los vendedores, el impuesto seguramente o no pague, este prescrito y si sale a pagar, problema del vendedor,y la aportación, si la hace con caracter oneroso, para el sostenimiento de las cargas familiares y se reserva el derecho a reclamar la parte a su mujer en caso de disolución, el impuesto estaría exento (por lo menos en Extremadura) y gastos, pues en Notaria dos escrituras, pero en el Registro solo se inscribiría la segunda, la aportación a la soc. conyugal, pero no sería mucho, 200 o 300 euros, lo que pasaría, pues que usted este muy seguro que el vendedor o vendedores realmente sean los dueños, se publicará por parte del Registro durante 1 mes en el tablón de anuncios del pueblo donde dirá que usted se inscribe la finca por si alguien tuviera derecho sobre la misma y no fuera informado, y una vez inscrita en REgistro, durante dos años afecta al art 207 de la Ley Hipotecaria. Es problematico pero si se fía del vendedor y los conoce y no tiene que haber ningún problema.

Espero haberle podido ayudar.
27/11/2010 23:25
Problema resuelto. Es gente de extrema confianza. Lo que vamos a hacer es escriturar por un lado la compra-venta y por el otro la aportación a la sociedad de bienes gananciales. Esperaremos por el Edicto que tendrá que estar publicado durante 1 mes en el Concello y listo. La casa nuestra. Qué pena la gente que ha contestado y no tiene idea de nada . Gracias a los que realmente me habéis ayudado con vuestras respuestas. Un saludo