Compré algo a China el 22 de junio por unos cuatro euros. Al ser tan bajo el precio y por defecto el proveedor lo manda por un medio lento. Me ha llegado hoy.
En la oficina de correos me dicen que tengo que pagar algo más de cinco. Ni justificación ni desglose. Lo que me ha contado el funcionario ni nada más. Incluso tuve que copiar los datos a mano porque no permiten que le haga una foto. Que está prohibido hacer fotos...
Me ha contado que no importa la fecha de compra, que si ha llegado después de julio, a pagar toca.
El iVA sería menos de un euro y yo no he dado permiso a ninguna empresa la gestión de impuestos de mi paquete.
No me trago lo que cuenta el funcionario. Tampoco voy a pagar una cantidad sin justificante alguno. Prefiero antes que sea devuelto al chino antes de ser estafado por la Agencia Tributaria.
¿Conoce alguien que legislación debo de consultar? ¿A qué departamento de Haciendo? Para que suspendan el plazo de devolución de quince días en Correos mientras se resuelve el pollo que voy a montar, ¿a quién debo de dirigirme de Correos?
Se me olvidaba, he hecho algunas búsquedas al respecto y en todos los sitios se habla de COMPRAS realizadas después del 1 de julio. Incluso la Agencia Tributaria:
El 1 de julio de 2021 entró en vigor el denominado “paquete IVA”, una normativa europea que incorpora cambios en la fiscalidad del comercio electrónico. En el caso de los particulares que realizan compras por internet a empresas de fuera de la Unión Europea, estas modificaciones influyen en la forma en que harán el pago del IVA por los productos que adquieren.
Desde esa fecha, los productos de pequeño valor que el consumidor compra por internet y que se envían desde fuera de la UE pasan a estar sujetos a IVA, como viene sucediendo con los de mayor importe.
Con esta medida, la Unión Europea pone en igual situación fiscal la compra de un bien en España frente a la compra por internet de un bien proveniente de un país de fuera de la UE.
A modo de ejemplo, hasta el 30 de junio de 2021 la compra de un paquete de bolígrafos en una tienda española por un importe de 7 euros suponía tener que pagar un 21% de IVA sobre el precio de venta (1.47 euros), mientras que si el consumidor lo adquiere por internet y los bolígrafos llegan a nuestro país desde fuera de la UE, por esos bolígrafos no se paga IVA. La reforma europea establece que, si los bolígrafos llegan a España a partir del 1 de julio de 2021, esos productos tendrán IVA.
La normativa europea ha previsto sistemas de recaudación que evitan al consumidor el tener que realizar obligaciones formales con la Aduana. En la mayoría de los casos, para compras inferiores a 150 euros, serán los propios portales de internet, o los operadores que introduzcan las mercancías en nuestro país, quienes se encargarán de ingresar el IVA que los consumidores tienen que pagar.
Los mecanismos previstos por la Unión Europea para evitar molestias y trámites al consumidor son los siguientes:
Mediante un sistema de ventanilla única (sistema IOSS), los portales de internet pueden ingresar el IVA correspondiente a las ventas en las que sean intermediarios. En este caso, el comprador no tiene que hacer nada y el precio que satisfaga por la compra será un precio cerrado sin que exista ningún otro gasto posterior sobrevenido en concepto de IVA y trámites en la Aduana.
Si la compra se realiza en un portal de internet que no participa en el sistema anterior, las empresas que introduzcan las mercancías en nuestro país serán las encargadas de ingresar las cuotas de IVA correspondientes. El consumidor tampoco tendrá que hacer trámites adicionales, pero sí es muy posible que no le hagan entrega del paquete sin que antes satisfaga a la empresa transportista el 21% del precio del bien (así como quizá ciertos gastos de gestión).
Es importarte que el consumidor preste especial atención a las condiciones de compra del portal donde adquiera sus productos para comprobar si el precio ofertado ya incluye el IVA y los gastos de gestión.
Por último, la Agencia Tributaria ofrece información y asistencia a los particulares respecto a las dudas y formalidades aduaneras que puedan ser necesarias.
Estoy igual que tú pero de mucho antes.
Yo compré un par de cosas en abril y las tuvieron retenidas en Países Bajos hasta el 3 de julio, que es cuando entraron en España. Ya te puede imaginar la razón.
Y Correos, igualmente sin mi autorización, realizó las gestiones del H7 en mi nombre y vino a cobrarlas. Le dije que no, que la gestión la realizaría yo para pagar sólo el IVA a través de Agencia Tributaria y que quería que anularan su gestión porque si no yo no iba a poder hacerlo. Bueno, mandé un montón de e-mails y las respuestas eran que "hacía buen día", ya me entiendes. No respondían.
Llamé a la Agencia Trubitaria para ver qué podía hacer y me dijeron que les pidiera a través de la sede electrónica que los anularan pero, a día de hoy, ni me han respodido ni lo han hecho. Eso sí, aunque yo pagara lo que compré, los destinatarios eran unos familiares, y recibí una carta de la Agencia Tributaria pidiéndome documentos de los destinatarios que me autorizaran a mí a pagar el IVA. Se los mandé y también una pregunta a la que tampoco han respondido: ¿Pueden facilitarme los documentos de autorización de los destinatarios a Correos para realizar la gestión aduanera? Porque esa autorización no existe y ustedes han aceptado la gestión.
No sé y pregunto como tú, pero si alguien hace algo en mi nombre sin mi autorización creo que es un delito de algún tipo, ¿no? y se podría denunciar. Llamando a la Agencia Tributaria, como son ambas entidades públicas, defienden a Correos diciendo que yo les he autorizado a todo cuando hice y pagué la compra, a lo que les he respondido que no es así, que el límite de mi autorización está determinado por el precio que pagué por todo (artículo envío con entrega en mi domicilio). Si hay algún gasto extra me lo tienen que notificar en tiempo y forma para yo decidir qué hacer, si dejarles a ellos hacerlo todo y pagarles por ello o hacerlo yo y no pagarles por nada más.
Como ya ha pasado mucho tiempo, hoy he llamado a ver cómo va el tema y según quién me coge en la Agencia Tributaria, me dice una cosa u otra: tienes que esperar, ya puedes hacer el H7 (que luego veo que no puedo hacer porque me da un error que no puedo solventar yo) de uno de los envíos, del otro aún no, paso nota y llama la semana que viene, olvídate porque ya han sido devueltos a orígen directamente por ADT Postales sin pasar por aduanas (entonces, ¿de que han servido mis solucitudes a la agencia tributaria y su solicitud de las autorizaciones?), etc.
Yo también le he dicho a la Agencia Tributaria que pone COMPRAS realizadas desde el 1 de julio, no de entradas a partir de esa fecha de compras anteriores. Me han dicho que es por las entradas y que se entiende que así es, y yo les he dicho que yo entiendo lo que leo. Bueno...pasan del temay que si deseo alguna cosa más.
Total...que ya no sé si debo esperar, si lo doy por perdido o qué hacer.
Pero creo que la gestión en nombre de un tercero sin su autorización es denunciable. A ver si alguien nos puede decir...
Se valen de que la gente tiene unas tragaderas que pa qué y pagan o lo rechazan y ahí se queda la cosa, y los que reclamamos y luchamos para que este abuso no suceda somos 4 gatos. Y ellos a seguir con su negocio mientras les dure.
Agradeceríamos mucho una ayuda para que esta empresa no se salga con la suya.