trabajo en una empresa sujeta al convenio de telemárketng. tengo exámenes oficiales (de la universidad) en una comunidad distinta a la de mi centro de trabajo. tengo que hacer un examen en granada el miércoles a las 08:30h y trabajo en Madrid de 15 a 21. me he cambiado el martes al turno de mañana para poder irme a granada y llegar con tiempo de cogerme una pensión y dormir un poco antes de ir al examen, pero, ¿qué pasa con la vuelta? ¿me pagan las horas que falte? ¿tengo derecho a cogerme el día?.
Se supone que "Para la realización de exámenes académicos, (el trabajador dispondrá) del tiempo necesario". ¿están en ese "tiempo necesario" incluidas las cinco horas y media de viaje a granada?
Ten en cuenta que el tiempo necesario se ha de considerar como el tiempo razonable, que incluya desplazamientos y el tiempo del exámen.
Si te matriculas en una universidad de Nueva York, vas a necesitar mucho tiempo para ir a hacer el exámen.
Lo normal en estos casos es que se dé un número de horas y el resto se descuenten.
De todas formas, desconozco si hay jurisprudencia al respecto. Los casos que conozco de este tipo suelen ser a cuenta de vacaciones, dando la empresa unas horas el día antes o después por el tema del viaje.