solo tienen opcion al complemento de maternidad los jubilad@s,los incapacitad@s y los viud@s a partir del 1 de enero del 2016 hasta el 3 de febrero del 2021 siempre que reunan los requisitos y del 4 de febrero del 2021 en adelante igualmente cumpliendo una serie de requisitos
Buenos días.
Mi nombre es Juan.
Edad 49 años,casado y con dos hijos con edades de 19 y 24.
Recibo pensión de una I.P.T. Incapacidad permanente total desde Noviembre de 2011.
Tengo derecho a los complementos por paternidad?.
Si es así!. Como los solicito.
Y la cuantía cuanto podría ser.
Gracias.