la semana pasada hice una consulta sobre el complemento que percibí 10000€, en que me asesoró JUAN S, y estaba en los cierto que tengo que imputar en la renta el 60%, y queda exento el 40% y tras 16 años en la empresa.Pero ahora tengo una duda leyendo el diario el PAIS, que a los que perdieron el trabajo se incrementa de 12020 a 15500 euros en 2010, el importe maximo exento por prestaciones de desempleo percibidas de pago unico. Que QUIERE DECIR ESTO, ¿¿tengo que no declarar el importe total del complemento o los 9600€ que percibí de la INEM??....es la duda que tengo.
Muchas GRACIAS
Una cosa es lo que llamas "complemento" que, en realidad, es la indemnización por despido y otra, muy diferente, es la prestación por desempleo en pago único. Lo que leiste en "El País" se refiere exclusivamente a esto último.
Depende de que lo del INEM lo hayas percibido o no en forma de pago único y, en caso positivo, cuál haya sido su importe. En resumen, para contestar es necesario disponer de los datos concretos.
en total he recibido de la INEM 9600€, percibido por meses..durante el año 2010,
el otro pagador de la empresa del complento de 10000€.
espero que te sirva esto..y perdona por las molestias.
muchas gracias