Lo ha hecho bien. La antiguedad no se puede incluir dado que no todo el mundo cobra la misma i el complemento sería variable, y éstos complementos tienen que estar publicados.
Buenas tardes, quería hacer una consulta respecto al tope máximo de 75% del personal funcionario:
El artículo 7 del RD 861/1986 no puede destinarse mas del 75% de la masa retibutiva global al complemento específico.
Mi pregunta es: ¿la masa retributiva global que comprende?, ya que la Interventora del Ayuntamiento ha hecho la siguiente formula:
retribuciones basicas complemento de destino = base de calculo
75% base de calculo = complemento específico.
Yo entiendo que en la masa retributiva global deberia de incluirse tambien el resto de complementos (productividad, antiguedad y específico) y de ese total, el específico no puede superar el 75%.